Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2014 (01/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

539078

El Peruano Lunes 1 de diciembre de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Exhortan a los operadores del transporte MORDAZA al cabal cumplimiento de la Ordenanza N° 1613, Ordenanza que crea el Sistema Integrado de Transporte Publico de MORDAZA Metropolitana, aprueba el Plan Regulador de Rutas y modifica el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014 MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 161º, numerales 7.1 y 7.4 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene competencia y funciones metropolitanas especiales en materia de transportes y comunicaciones, entre las que se encuentra la planificacion, regulacion y gestion del transporte publico, asi como el otorgamiento de concesiones, autorizadas y permisos de operacion para la prestacion de las distintas modalidades de servicios publicos de transporte de pasajeros, de ambito MORDAZA e interurbano; Que, mediante Ordenanza N° 682 se declaro la intangibilidad y reserva de las areas destinadas al Programa de Transporte MORDAZA de MORDAZA, constituidas principalmente por las vias expresas, arteriales y colectoras que ocupaba el COSAC I. Asimismo, a fin de instituir y mantener dicha intangibilidad, el numeral 4.2 del articulo 4° de la referida MORDAZA faculto a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA (hoy Gerencia de Transporte Urbano) a racionalizar la oferta del servicio publico de transporte en las areas intangibles no ocupadas por el COSAC I que se encontraran ubicadas dentro de una distancia de 400 metros a dicho corredor; Que, en ese sentido, mediante la Ordenanza Nº 954 ­ MORDAZA que establece los Lineamientos de Politica Municipal de Transporte Publico MORDAZA para el Area Metropolitana­ vigente desde el ano 2006, se dispuso que el desarrollo del sistema de transporte se plasme sobre la base de diversos lineamientos de politica; entre ellos: a) que el transporte publico sea el sistema fundamental de movilizacion urbana; b) que las propuestas tecnicas de solucion eficientes deban plantearse acordes con la demanda, la integracion de las diversas soluciones y componentes del sistema, y el MORDAZA aprovechamiento de la infraestructura y sistema existentes; c) la consideracion de los actuales operadores del transporte publico dentro de las soluciones al sistema; etcetera; Que, mediante la Ordenanza Nº 1338 ­ vigente hasta el 01 de MORDAZA de 2012­, se MORDAZA la prestacion del servicio publico de transporte regular de pasajeros en MORDAZA Metropolitana, en la cual se dispuso entre otros aspectos, que las autorizaciones de servicio ­titulos habilitantes para la prestacion del servicio regular de pasajeros­, debian tener por objeto la operacion en una ruta que se encuentre en el Plan Regulador de Rutas; Que, asi tambien, mediante la Ordenanza Nº 1538, trabajada sobre la base de la estadistica de la Gerencia de Transporte MORDAZA de la MML (en adelante la GTU), las recomendaciones planteadas en el "Plan Maestro de Transporte MORDAZA para el Area metropolitana de MORDAZA y Callao" (en adelante el Plan Maestro) y en el "Estudio para la Consolidacion del Sistema Integrado de Transporte Publico de Lima" (en adelante el Estudio del SIT), se MORDAZA el regimen de nuevas habilitaciones vehiculares

por incremento de flota vehicular para prestar servicio de transporte, disponiendose especificaciones tecnicas de vehiculos y el MORDAZA de vehiculo ­dimensiones y tecnologia­ que debe ser utilizado en el servicio, denominado bus patron, entre otros aspectos; Que, en tal sentido, tal como lo ha senalado el Estudio del SIT, con el fin de atender adecuadamente las necesidades de movilizacion en MORDAZA Metropolitana se requeria la conformacion de una red de rutas eficiente y racionalizada, la cual permitiera a los usuarios viajar a traves de la MORDAZA en menores tiempos y mediante el pago de la tarifa ­o precio del pasaje­ correspondiente. Esta nueva red se debia sustentar en el rediseno de las rutas que existian, con el fin de disminuir la sobreposicion de recorridos y la cantidad de rutas, atendiendo a su vez, de manera eficiente, las necesidades de movilizacion de la poblacion y permitiendo que mediante la prestacion del servicio de transporte autorizado los operadores puedan obtener beneficios por las inversiones que realicen; Que, en merito a ello, posteriormente se aprobo la Ordenanza Nº 1599, MORDAZA que regula la prestacion del servicio de transporte publico regular de personas en MORDAZA Metropolitana a partir del 02 de MORDAZA de 2012, donde se establecen las nuevas reglas legales que deben cumplir las empresas de transporte, los conductores y cobradores. Al respecto, se han preceptuado obligaciones que se encuentran acordes con los reglamentos nacionales de transporte terrestre, dirigidas a eliminar el sistema comisionista-afiliador en el transporte MORDAZA, tales como propiedad de la flota o adquisicion de la misma mediante arrendamiento financiero, control, administracion y mantenimiento de la flota vehicular, responsabilidad administrativa del servicio brindado por parte de la empresa, entre otros aspectos; Que, sobre la base de que el servicio de transporte MORDAZA e interurbano de pasajeros reviste un especial interes publico, lo cual justifica un deber proteccion estatal a los usuarios del servicio y, con ello, una reglamentacion que logre un servicio de transporte en condiciones adecuadas, con seguridad, oportunidad y al alcance a la mayoria de la poblacion, fue necesario que la normativa municipal, mediante la Ordenanza N° 1613, cree el Sistema Integrado de Transporte Publico de MORDAZA Metropolitana (SIT) con el fin de establecer las lineas del desarrollo y mejora del transporte publico, y la integracion de los diversos servicios de transporte de personas en la ciudad. Bajo esa optica, el SIT, esta conformado por una red de rutas eficientes y racionalizadas, que permitira a los usuarios viajar a traves de la MORDAZA en menores tiempos y mediante el pago de la tarifa respectiva. El SIT en su totalidad se configurara como el eje principal de movilidad en la MORDAZA, en funcion de sus distintos componentes jerarquizados, los cuales lograran la integracion en el servicio en cuatro niveles: fisica, operacional, tarifaria y medio de pago; Que, en ese contexto, el Plan Regulador de Rutas es la herramienta tecnica para la correcta gestion e implementacion del SIT, mediante la cual se establecen los criterios tecnicos para el diseno de las rutas a fin de alcanzar la integracion del sistema de transporte, con lo cual dicha herramienta se constituye como el documento estrategico de transformacion del sistema de transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana, que indica las actuaciones temporales y espaciales de reordenamiento del MORDAZA y transporte en nuestra ciudad; Que, por ello, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 1338 ­ desde una perspectiva regulatoria ­ para la correcta gestion del transporte publico resulta necesaria la existencia y cumplimiento del Plan Regulador de Rutas, de manera tal que las rutas y corredores en el definidos se cinan a sus parametros de diseno, ya que de lo contrario se estarian generando distorsiones en el SIT en perjuicio de la ciudadania (sobreposicion de recorridos, congestion vehicular, consumo excesivo de energia, uso ineficiente de la infraestructura vial, etc); Que, conforme a la Unica Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 1613, "Con el fin de implementar gradualmente el Sistema Integrado de Transporte Publico de MORDAZA Metropolitana ­ SIT, la Gerencia de Transporte MORDAZA queda facultada para ampliar las autorizaciones para prestar el servicio de transporte regular de personas en MORDAZA Metropolitana"; estableciendo que: "La vigencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.