Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

539178
la contenga, entre otros: 1.) Aquella que la entidad solicitante posea o deba poseer en virtud de algun tramite realizado anteriormente por el administrado en cualquiera de sus dependencia; 2.) Aquella que MORDAZA sido expedido por la misma entidad o por otras entidades publicas del sector, en cuyo caso corresponde recabarlas a solicitud del administrado; 3) MORDAZA de pago realizado ante la propia entidad por algun tramite, en cuyo caso el administrado solo que da obligado a informar en su escrito el dia de pago y el numero de MORDAZA, correspondiendo a la administracion la verificacion inmediata; Que, con el Decreto de Alcaldia Nº 013-2013-MDI se adecuo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Independencia, a lo establecido en la Ley N° 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones" y su Reglamento; Que, mediante la Ley N° 30230 "Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificacion de Procedimientos y Permisos para la Promocion y Dinamizacion de la Inversion en el Pais", se modifico el Articulo 25° de la Ley N° 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones" estableciendo los requisitos maximos que pueden exigir las Municipalidades para los procedimientos de Licencia de Edificacion en sus modalidades "A", "B", "C" y "D"; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 16° de la Ley N° 30230, que modifica el Articulo 38.7° de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", las Municipalidades se encuentran obligadas a adecuar en su MORDAZA los requisitos que hayan sido modificados por Ley; Que, en este contexto, la Sub Gerencia de Planificacion y Racionalizacion sustenta la necesidad de modificar el MORDAZA vigente adecuado con el Decreto de Alcaldia N° 013-2013-MDI, en cuanto a los requisitos establecidos en los siguientes Procedimientos: 01. Licencia de Edificacion ­ Modalidad A: 01. Vivienda Unifamiliar, 02. Ampliacion de Vivienda Unifamiliar, 03. Ampliaciones Consideradas Obras menores, 04.Remodelacion de Vivienda, 05. Construccion de Cercos y 06. Demolicion Total; 02. Licencia de Edificacion ­ Modalidad B: 01.Edificaciones para Fines de Vivienda Unifamiliar, Multifamiliar, MORDAZA o Condominios de Vivienda Unifamiliar y/o Multifamiliar, 02. Cercos, 03. Obras de Ampliacion o Remodelacion de una edificacion Existente, 04. Demolicion Parcial, 05. Verificacion Tecnica Modalidad B; 03 Licencia de Edificacion ­ Modalidad C: 01. Edificaciones, 02. Demoliciones Totales de Edificaciones, 03. Licencia de Edificacion ­ Modalidad C, 04. Demoliciones Totales de Edificaciones, 05. Verificacion Tecnica­Modalidad C; 04. Licencia de Edificacion ­ Modalidad D; 01. Verificacion Administrativa, 02. Verificacion Tecnica­Modalidad D; Que, por su parte, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion en el Informe N° 2532014-GPPR/MDI, manifiesta que es de prioritaria necesidad la adecuacion de los procedimientos del MORDAZA vigente, a fin de eliminar los requisitos que no deben ser exigibles de acuerdo a Ley, debiendose tener en cuenta que dicha modificacion no implica la creacion de un MORDAZA procedimiento ni el incremento de los derechos de tramitacion o requisito alguno; Estando a lo expuesto; y contando con las visaciones de la Gerencia de Gestion MORDAZA, de la Gerencia de Asesoria Legal, de la Gerencia de Secretaria General y de la Gerencia Municipal; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- ADECUAR el "Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Independencia", a lo establecido en la Ley N° 30230 "Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificacion de Procedimientos y Permisos para la Promocion y Dinamizacion de la Inversion en el Pais", en lo que respecta a los requisitos en los procedimientos administrativos siguientes: 01. Licencia de Edificacion ­ Modalidad A: 01. Vivienda Unifamiliar, 02. Ampliacion de Vivienda Unifamiliar, 03. Ampliaciones Consideradas Obras menores, 04.Remodelacion de Vivienda, 05. Construccion de Cercos y 06. Demolicion Total.

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

02. Licencia de Edificacion ­ Modalidad B: 01.Edificaciones para Fines de Vivienda Unifamiliar, Multifamiliar, MORDAZA o Condominios de Vivienda Unifamiliar y/o Multifamiliar, 02. Cercos, 03. Obras de Ampliacion o Remodelacion de una edificacion Existente, 04. Demolicion Parcial, 05. Verificacion Tecnica Modalidad B; 03. Licencia de Edificacion ­ Modalidad C: 01. Edificaciones, 02. Demoliciones Totales de Edificaciones, 03. Licencia de Edificacion ­ Modalidad C, 04. Demoliciones Totales de Edificaciones, 05. Verificacion Tecnica­ Modalidad C; 04. Licencia de Edificacion ­ Modalidad D; 01. Verificacion Administrativa, 02. Verificacion Tecnica­ Modalidad D; Cuyo Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicacion y difusion del presente Decreto de Alcaldia y a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Gestion MORDAZA y demas unidades organicas su cumplimiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologia de la Informacion y la Comunicacion su publicacion en el MORDAZA institucional www. muniindependencia.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadana y Empresa www.serviciosalciudadano.gob.pe Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA R. MORDAZA OCONA MORDAZA 1172347-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban disposiciones para el Sorteo Anual del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM ("Sorteo VPM")
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2014/MM Miraflores, 31 de octubre de 2014 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 355/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2011, que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino ­ VPM, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias; se ha previsto la realizacion de sorteos anuales, como parte del grupo de beneficios tributarios otorgados a los contribuyentes que cumplen con el pago oportuno de sus tributos; Que, en ese contexto resulta necesario establecer las disposiciones necesarias para la realizacion del sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino ­ VPM, asi como la asignacion de opciones de sorteo a los contribuyentes que reunan los requisitos senalados en el articulo tercero de la Ordenanza Nº 355/MM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.