Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

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cubrir sus necesidades biologicas, siendo la alimentacion de las personas responsabilidad primaria de la familia; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 8152012/GRP-CR del 18 de MORDAZA de 2012, se Declaro de interes y de necesidad publica regional, la Politica Regional denominada: "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria", como instrumento de articulacion interinstitucional entre los diferentes sectores a nivel regional, con la finalidad de asegurar el acceso material y economico a alimentos suficientes, nutritivos e inocuos para la poblacion"; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2012-PCM, se Declaro de Interes Nacional y de Necesidad Publica la Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Poblacion Nacional y crean la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura; con Decreto Supremo Nº 021-2013-MINAGRI, se aprobo la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2013 ­ 2021; y, con Decreto Supremo Nº 008-2013-MIDIS, se aprobo la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusion Social "Incluir para Crecer", en la cual se establece el MORDAZA general de la politica de desarrollo e inclusion social para la intervencion articulada de las entidades de los tres niveles de gobierno que se encuentran directamente o indirectamente involucradas en la implementacion de esta politica; Que, mediante Memorandum Nº 2099-2014/GRP430000 del 19 de Septiembre de 2014, la Gerencia Regional de Desarrollo Social emite informe tecnico sobre la propuesta de Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional MORDAZA (ERSAN) 2014-2021; con Informe Nº 1183-2014/GRP-460000 del 02 de MORDAZA de 2014, la Oficina Regional de Asesoria Juridica recomienda proseguir con el tramite de aprobacion; y, con Informe Nº 051-2014/GRP-200010-ACCR del 14 de noviembre de 2014, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, recomienda la aprobacion de la propuesta presentada; Que, la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional MORDAZA (ERSAN) 2014-2021, esta comprendida en cinco (05) Ejes; Eje Nº 01: Disponibilidad de alimentos: contar con cantidades suficientes de alimentos de calidad adecuada, suministrados a traves de la produccion del MORDAZA o de importaciones (comprendida la ayuda alimentaria); Eje Nº 02: Acceso a los alimentos: tener los recursos adecuados para adquirir alimentos apropiados y una alimentacion nutritiva; Eje Nº 03: Utilizacion: contar con una alimentacion adecuada, agua potable, desagues, electricidad, sanidad y atencion medica, para lograr un estado de bienestar nutricional en el que se satisfagan todas las necesidades fisiologicas; Eje Nº 04: Estabilidad: tener acceso a alimentos adecuados en todo momento y correr el riesgo de quedarse sin acceso a ellos a consecuencia de crisis repentinas, ni de acontecimientos ciclicos, como la inseguridad alimentaria estacional; Eje Nº 05: Institucionalidad: la seguridad alimentaria demanda la articulacion de los sectores del estado en los tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, con el fin de garantizar una respuesta oportuna ante una situacion de emergencia y establecer programas de proteccion que prioricen a la poblacion vulnerable; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 11-2014, de fecha 19 de noviembre de 2014, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA "ESTRATEGIA REGIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL MORDAZA - ERSAN 2014-2021" Articulo Primero.- Aprobar, la "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional MORDAZA - ERSAN 2014-2021", con la finalidad de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion regional hacia el ano 2021, conforme al texto integro que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinacion con Gerencia Regional de Desarrollo Social, disponga al equipo regional impulsor

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF DEL HOSPITAL "NUESTRA SENORA DE LAS MORDAZA DE PAITA" Articulo Primero.Aprobar, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Hospital "Nuestra Senora de Las MORDAZA de Paita", documento de gestion que consta de cinco (05) Titulos, cuatro (04) Capitulos, veintiseis (26) Articulos, y dos (02) Disposiciones Complementarias; contenido en la estructura organica, Informe Tecnico Sustentatorio, Fichas Tecnicas y Ficha Presupuestal, que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Derogar la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 734-2003/GOBIERNO REGIONAL PIURAPR de fecha 22 de MORDAZA de 2003, y dejar sin efecto las normas que se opongan a la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 1171987-1

Aprueban la "Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional MORDAZA - ERSAN 2014 - 2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 299-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud establece en el articulo 10º, entre otros, que toda persona tiene derecho a recibir una alimentacion MORDAZA y suficiente para

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