Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539184 sección A-A de 50.00 m.; y respecto a las vías locales se tiene que, sobre el terreno, se propone la continuidad de las vías colindantes que han defi nido los derechos de vías existentes; así como su conexión a través de estas calles locales con la Av. Naranjal y Av. Tantamayo; y las vías locales propuestas se denominan Calle 1, Calle 2, Calle 3, Calle 4, Calle 5 y Calle 6, que cuenta con una sección A-A de 11.40 m.; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; Que, el Informe N° 1671-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley N° 29090 mediante Ley Nº 29898, así como el Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 12,000.00 m², terreno constituido por la Parcela N° 3 de la Unidad Catastral N° 10678 del ex Fundo Naranjal (parte del Lote A) inscrito en la Ficha Registral N° 1177176 y continuada en la Partida Electrónica N° 44200678 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), sobre el cual se localiza la Urbanización Las Viñas del Naranjal III Etapa, ubicado en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado Nº 119-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL: 12,000.00 M2 ÁREA DE VÍAS METROPOLITANA : 711.87 m2 ÁREA DE LOTES DE VIVIENDA : 6,392.40 m2 ÁREA DE PARQUE N° 1 : 1,057.72 m2 ÁREA DE VÍAS LOCALES : 3,838.01 m2 CUADRO RESUMEN DE ÁREAS POR MANZANAS MANZANA N° DE LOTES AREA (m2) A 04 676.91 B 05 654.55 C 03 429.58 D 05 614.52 E 04 592.31 F 06 1,025.39 G 06 768.69 H 10 1,630.45 TOTAL 43 6,392.40 Artículo Tercero.- DISPONER la independización e inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el Aporte Reglamentario destinado para recreación pública, constituido por el Parque N° 01 con área de 1,057.72 m2. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización N°119-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN – para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1171779-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 012-2014 La Punta, 26 de noviembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2014 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO: El Informe Nº 065-2014-MDLP/OPP de fecha 21 de noviembre de 2014, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, publicado el 26 de julio de 2006, en su artículo 7º establece que “La conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento, racionalización o quien haga sus veces”; Que, mediante Ordenanza Nº 015-2007-MDLP-ALC, publicada el 24 de noviembre de 2007, y modifi catorias,