Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Miércoles 3 de diciembre de 2014 539174 del ERSAN, adoptar las medidas necesarias para la implementación de la “Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional Piura - ERSAN 2014-2021”, debiendo informar semestralmente a este Consejo Regional los resultados alcanzados. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil catorce. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil catorce. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 1171986-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Agricultura de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 039-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce aprobó y con fecha veintidós de octubre del dos mil catorce ratifi có la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 191 dispone: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece: “Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refi ere: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, en su artículo 8 prescribe: “El CAP es un documento de gestión institucional que contiene los cargos clasifi cados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF”. Asimismo, en el artículo 15 prescribe: “La aprobación del CAP de las Entidades se efectuará como sigue: (...) Por Ordenanza Regional – Gobierno Regional. (…)”. Que, con la Ordenanza Regional Nº 011-2013-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 13 de junio del 2013 el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna señala: “Artículo Primero: APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA TACNA (…)”. Que, con Ofi cio Nº 2470-2014-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 22 de julio del 2014, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Agricultura de Tacna, con el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional; para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, de la revisión del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA DE TACNA remitido en anexo se puede apreciar que en este fi gura actualmente con un total de ciento uno (101) cargos, distribuidos en: noventa y tres (93) Ocupados y ocho (08) Previstos. Proponiendo en el nuevo CAP lo siguiente: total de ciento dos (102) cargos, distribuidos en: noventa y tres (93) Ocupados y nueve (09) Previstos. Que, con el Informe Técnico Legal Sustentatorio por Modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el ofi cio Nº 881-2013-OPP-DR/DRA-GOB.REG.TACNA de fecha 05 de setiembre del 2013 emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el Informe Nº 336-2014- SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 17 de julio del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 969-2014-ORAJ-GOB. REG.TACNA de fecha 05 de mayo del 2014 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 014-2014-CR-COPPAT de fecha 12 de setiembre del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de setiembre del 2014, aprobándose con la Ordenanza Regional Nº 039-2014-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 18 de setiembre del 2014, la misma que fue observada por el Ejecutivo Regional con Ofi cio Nº 269-2014-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 10 de octubre del 2014, observación que fue absuelta con Acuerdo de Consejo Regional Nº 064-2014-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 22 de octubre del 2014; procediéndose a ratifi car el contenido de la referida ordenanza regional acogiendo la sugerencia efectuada. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado y ratifi cado por mayoría la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA DE TACNA, el cual consta de ciento dos (102) cargos, distribuidos en: noventa y tres (93) Ocupados y nueve (09) Previstos, de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, a la Dirección Regional de Agricultura de Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional.