Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1171769-1

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL; E) ZONA; F) COORDENADAS U.T.M DE LOS VERTICES DE LA CONCESION. 1.- A) NUEVA MORDAZA B) 510001611 C) JHON CLIVER MORDAZA MARINERO D) 002-2014-G.R. AMAZONAS/ DREM 31/01/2014 E) 17 F) V01: N9487 E815 V02 N9485 E815 V03 N9485 E816 V04 N9486 E816 V05: N9486 E817 V06 N9484 E817 V07 N9484 E818 V08 N9487 E818 2.- A) CANTERA EL TIGRE B) 510000313 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 003-2014-G.R. AMAZONAS/DREM 31/01/2014 E) 18 F) V01: N9292 E232 V02 N9292 E233 V03 N9291 E233 V04 N9291 E232 3.- A) SUMEN II B) 510000613 C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA D) 030-2014-G.R. AMAZONAS/ DREM 02/10/2014 E) 18 F) V01: N9283 E181 V02 N9284 E181 V03 N9284 E182 V04 N9283 E182 AREA A RESPETAR: 1.- El concesionario de NUEVA MORDAZA, con codigo Nº 510001611 debera respetar el area que ocupa el derecho minero prioritario LOS MORDAZA Nº 9 cuyas coordenadas son: V01: N9 486 190.00 E816 300.00 V02: N9 486 000.00 E816 300.00 V03: N9 486 000.00 E816 000.00 V04: N9 485 490.00 E816 000.00 V05: N9 485 490.00 E815 000.00 V06: N9 486 190.00 E815 000.00 1171796-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2014
RESOLUCION DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 039-2014-G.R. AMAZONAS/DREM Chachapoyas, 12 de noviembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 5502006-MEM/DM, de fecha 16 de Noviembre del 2006, el Ministerio de Energia y Minas, resuelve aprobar la transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo el Gobierno Regional de Amazonas a traves de la Direccion Regional de Energia y Minas a partir de esa fecha, competente para otorgar concesiones mineras para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 316 Gobierno Regional Amazonas/CR del 12 de diciembre del 2012, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Energia y Minas ­ DREM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la Direccion Regional de Energia y Minas, publicara mensualmente en el diario oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, el articulo 149 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; y, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 5502006-MEM/DM, de fecha 16 de noviembre del 2006; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Energia y Minas RELACION DE 03 CONCESIONES OTORGADAS AL MORDAZA DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 RESOLUCION DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 039-2014-G.R. AMAZONAS/DREM NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y

GOBIERNO REGIONAL DEL MORDAZA
Constituyen el Consejo Regional de Productos Organicos de la Region del MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 067-2014-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en la octava sesion ordinaria de fecha cuatro de agosto del ano dos mil catorce, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comision Ordinaria de Asuntos Agropecuarios, Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional que propone la aprobacion que propone la creacion del Consejo Regional de Productos Organicos de la Region del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, senala la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el Articulo 67º de la Constitucion Politica del Peru, senala que el Estado determina la politica nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su Articulo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el inciso g) del Articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion y modificatorias, senala que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales "(....) g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesania, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades"; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes,

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