Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

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POR CUANTO: VISTO, en la Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 020, el Dictamen de la Comision de Regidores de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura, opinando por la aprobacion del Plan de Desarrollo MORDAZA de Satipo 2013 ­ 2022 de la Provincia de Satipo ­ Departamento de Junin. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Satipo es un Organo de Gobierno Local con Personeria Juridica de Derecho Publico, que goza de autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos que le confiere el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; siendo el concejo municipal el organo encargado de ejercer las funciones fiscalizadoras y normativas, a traves, entre otras, de ordenanzas municipales. Que, asimismo, es atribucion del concejo municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, conforme lo senala el acapite 8) del Articulo 9º de la citada Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que el Ministerio es el organismo rector del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, y tiene competencia, entre otros, para disenar, normar y ejecutar la politica nacional de acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer las competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento urbano. Que, los gobiernos locales asumen las competencias y ejercen funciones especificas, como es la Organizacion del Espacio Fisico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende el acondicionamiento territorial, segun lo establecido en el numeral 1.5 del Articulo 73º de la Ley Nº 27972. Que, el "Plan Nacional de Desarrollo MORDAZA - PERU: Territorio para Todos, Lineamientos de Politica 20062015", aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2006VIVIENDA, precisa entre sus objetivos especificos de la Gestion Urbana-Territorial, incorporar la Zonificacion Ecologica y Economica en la planificacion de la gestion urbana-territorial, fortalecer la institucionalidad de los gobiernos regionales y locales, los mecanismos e instrumentos de gestion urbano-territorial necesaria en los aspectos economico financiero, normativos, tecnico, organizativo participativo y de informacion permanente, tanto en las metropolis nacionales, ciudades intermedias, ciudades menores y asentamientos rurales, como base para el desarrollo sostenible del territorio; y desarrollar programas de fortalecimiento de los gobiernos locales, incluyendo capacitacion, asistencia y asesoria tecnica en los temas de planificacion y gestion del desarrollo MORDAZA territorial y la correspondiente programacion de inversiones. Que, a nivel nacional el territorio presenta un patron de ocupacion del suelo, mayoritariamente informal, extendiendo desordenadamente las ciudades, con problemas de carencia de infraestructura y servicios, derivados de la ausencia de una adecuada planificacion concertada con los agentes que intervienen en dicho MORDAZA, asi como de una vision integral del conjunto de circunscripciones territoriales en los cuales se encuentra dividido el pais. Que, el Plan de Desarrollo MORDAZA es el instrumento tecnico-normativo que orienta el desarrollo MORDAZA de las ciudades o conglomerados urbanos con poblacion entre 20,001 y 500,000 habitantes, y/o ciudades capitales de provincia, en concordancia con el Plan de Acondicionamiento Territorial y/o el Plan de Desarrollo Metropolitano de ser aplicable; su contenido es al que corresponde conforme al Art. 11º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Que, revisado el expediente administrativo del Plan de Desarrollo MORDAZA de Satipo 2013 - 2022, de la Provincia de Satipo y Departamento de MORDAZA, cumple con lo dispuesto en los Articulos 10º, 11º y 12º sobre el Contenido del Plan de Desarrollo MORDAZA y la Entidad

se aprobo la Nueva Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la entidad; Que, el articulo 37º del ROF vigente de la entidad, establece que "La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el organo de asesoria responsable de planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los sistemas de planificacion, presupuesto, racionalizacion y estadistica de la Municipalidad"; estando dentro de sus funciones entre otras las de conducir y asesorar el MORDAZA de racionalizacion administrativa y tecnica de los diferentes organos municipales y conducir el MORDAZA de formulacion de instrumentos de gestion tales como: ROF, CAP, etc. Asimismo la Cuarta Disposicion Complementaria y Final del referido ROF establece que la Gerencia Municipal con el apoyo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto queda encargada de velar por la permanente actualizacion y evaluacion de dicho instrumento de gestion; Que, mediante el Acta de Reunion de Trabajo de fecha 19 de noviembre de 2014, elaborada en conjunto por los Directores de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica, se propuso la modificacion del articulo 19º numeral 1) y 2); 20º; 52º; 53º; 68º; 69º numeral 14), 15), 16), 17) y 18); 87º numeral 2); y 90º numeral 3), 4), 5) y 10) del Reglamento citado, en cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el Organo de Control Institucional y las Sociedades Auditoras en los diversos examenes de control y por la implantacion del sistema de control interno en la Municipalidad; Que, con Informe de Visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto eleva al Concejo el Acta mencionada y el Proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la entidad; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de los articulos 19º numeral 1) y 2); 20º; 52º; 53º; 68º; 69º numeral 14), 15), 16), 17) y 18); 87º numeral 2); y 90º numeral 3), 4), 5) y 10) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza Nº 015-2007-MDLP/ALC, cuyo texto completo modificado figura en el Anexo, que forma parte de la presente. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion, la Ordenanza y su Anexo, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe); y a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 1171869-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
Aprueban el Plan de Desarrollo MORDAZA Satipo 2013 - 2022 de la provincia de Satipo - departamento de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032-2014-CM-MPS Satipo, 6 de noviembre del 2014

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