Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

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cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, senala que las instalaciones fijas y permanentes seran valorizadas por el contribuyente de acuerdo a la metodologia aprobada en el Reglamento Nacional de Tasaciones, considerando una depreciacion de acuerdo a su antiguedad y estado de conservacion; indicando ademas, que dicha valorizacion esta sujeta a fiscalizacion posterior por parte de la Municipalidad respectiva. Que, el articulo ll.D.31 del Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru, senala que las edificaciones con caracteristicas o usos especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y permanentes, asi como las construcciones inconclusas, se valuaran de acuerdo a los elementos que la conforman y materiales empleados, y las depreciaciones por antiguedad y estado de conservacion seran estimadas por el perito, en concordancia con las caracteristicas y MORDAZA util de dichas obras; asimismo, agrega que para el caso de valuaciones reglamentarias se aplicara el Factor de Oficializacion vigente, conforme a lo estipulado en el articulo II.A.07 de dicho Reglamento; factor que, conforme a la Resolucion Ministerial N° 367-2014-VIVIENDA, publicada el 30 de octubre de 2014, es de 0,68. Que, por otro lado, el articulo II.A.04 del citado Reglamento senala que son obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes todas las que se encuentran adheridas fisicamente al suelo o a la construccion, y no pueden ser separadas de estos sin destruir, deteriorar, ni alterar el valor del predio porque son parte integrante y funcional de este, tales como cercos, instalaciones de bombeo, cisternas, tanques elevados, instalaciones exteriores electricas y sanitarias, ascensores, instalaciones contra incendios, instalaciones de aire acondicionado, piscinas, muros de contencion, subestacion electrica, pozos para agua o desague, pavimentos y pisos exteriores, zonas de estacionamiento, zonas de recreacion, y otros que a juicio del perito valuador puedan ser calificados como tales. Que, mediante Memorando N° 242-092-00000512, del 17 de noviembre de 2014, la Oficina de Planificacion y Estudios Economicos, solicita se apruebe, mediante Resolucion Jefatural, la Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes para la determinacion de la base imponible del impuesto predial del ejercicio 2015, la misma que indica haber actualizado considerando la metodologia senalada en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru, y que facilitara al contribuyente la identificacion y valorizacion de las citadas obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes. Estando a lo dispuesto en el articulo 5°, numerales 3) y 9) del Reglamento de Organizacion y Funciones del SAT, aprobado por la Ordenanza N° 1698; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes para el ejercicio 2015, la misma que como Anexo N° 01 forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la presente Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del SAT. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria ANEXO N° 1 TABLA DE VALORES UNITARIOS DE OBRAS COMPLEMENTARIAS E INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES 2015 (Nuevos soles / unidad)
Descripcion de las obras Item complementarias e instalaciones fijas y permanentes 1

Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, todas las normas regionales, que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicaran en el MORDAZA electronico de la institucion, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, disponiendose que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintidos de octubre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 03 NOV. 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1171780-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Tabla de Valores Unitarios de Obras Complementarias e Instalaciones Fijas y Permanentes para el ejercicio 2015
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00003418 MORDAZA, 19 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N° 225 se creo el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestal y financiera. Que, el articulo 2° de dicho Edicto senala que el SAT tiene por finalidad organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos tributarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima; asimismo, los literales c) e i) de dicho articulo le asigna como funciones, determinar y liquidar la deuda tributaria, e informar adecuadamente a los contribuyentes sobre las normas y procedimientos que deben observar para cumplir con sus obligaciones; funciones que, ademas, han sido reafirmadas por el articulo 5°, numerales 3) y 9) del Reglamento de Organizacion y Funciones vigente, aprobado por Ordenanza N° 1698. Que, en relacion al impuesto predial, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 776 ­ Ley de Tributacion Municipal,

Descripcion componente

Unidad medida

V.U. 2015 S/.

Muros perimetricos MORDAZA de concreto armado que incluye o cercos armadura y cimentacion.

m2

315,08

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