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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Viernes 5 de diciembre de 2014 539393 multas de toda índole, deberán presentar previamente el desistimiento de la impugnación formulada. Artículo Cuarto.- Del Plazo- El plazo para acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza, será desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el 15 de diciembre del 2014. Concluido dicho plazo, se actualizará la deuda y se generaran los intereses moratorios correspondientes. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General e Imagen institucional la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Secretaria General e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como la difusión de la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltese a la Señorita Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y regirá hasta el 15 de diciembre 2014. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SILVANA ISABEL PRADO TRUJILLO Alcaldesa 1173806-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen beneficios de reducción en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre levantadas en la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2014 Callao, 20 de noviembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Conjunto 01-2014-MPC/ SR-CAM/CT de las Comisiones de Administración y de Transportes en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9 establece que es atribución del Concejo Municipal crear, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley y el artículo 81 inciso 1, numeral numeral 1.4, señala que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las funciones de normar y regular el transporte público, entre otros; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, en el artículo 17 inciso 17.1, literal a), señala que “las municipalidades provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y tránsito terrestre para emitir las normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial”. Que, la presente Ordenanza tiene como antecedentes el Memorando Nº 3109-2014-MPC-GGTU, de la Gerencia General de Transporte Urbano, el Informe Nº 782-2014- MPC-GGTU/GTT de la Gerencia de Transporte y Tránsito, el Memorando Nº 1393-2014-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y el Memorando Nº 633-2014-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación los cuales emiten opinión sobre la expedición de la presente Ordenanza; De acuerdo a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS DE REDUCCIÓN DE DEUDAS CONSTITUIDAS POR MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TRÁNSITO Y/O AL TRANSPORTE EN SUS DIFERENTES MODALIDADES, PAPELETAS DE INFRACCIÓN MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LA DEUDA POR CONCEPTO DE TASA DE GUARDIANIA POR INTERNAMIENTO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS Artículo 1.- FINALIDAD Establecer benefi cios de reducción en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre levantadas en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, como se precisa: 1.1.- Establecer el benefi cio de reducción de las deudas administrativas derivadas de infracciones al transporte y tránsito terrestre (papeletas de infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, actas de control, actas de verifi cación, por infracciones al Reglamento Nacional de Administración de Transporte, papeletas de infracción municipal, infracciones al Reglamento del Servicio de Transporte Público regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, Reglamento del Servicio de Taxi- Callao (SETACA), Reglamento del Servicio de Transporte Especial de Estudiantes), del valor establecido según la escala de infracciones respectiva, siempre y cuando hayan sido levantadas hasta el 31 de octubre de 2014, conforme a los porcentajes que se detalla en la presente Ordenanza Municipal. 1.2.- Establecer el benefi cio de reducción de la deuda originada por concepto de tasa de guardianía de vehículos internados en el Depósito Municipal de Vehículos, cuyo internamiento se haya producido hasta el 31 de octubre de 2014 Artículo 2.- BENEFICIO DE REDUCCIÓN 2.1.- Para aquellas infracciones al transporte o al tránsito que hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre de 2012, se aplicará un descuento equivalente al 80% del monto de la deuda insoluta, igual descuento se producirán sobre las costas procesales y gastos administrativos, cuando la deuda se encontrase en cobranza por la vía coactiva. Para las infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito de Códigos M-1, M-2, y M-3 levantadas dentro del período antes señalado, el descuento será del 50%, sobre la deuda insoluta y en igual proporción sobre las costas procesales y gastos administrativos, si la deuda se encontrase en cobranza por la vía coactiva. 2.2.- Para aquellas infracciones al transporte o al tránsito que hayan sido levantadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 al 31 de Diciembre de 2013, se aplicará un descuento equivalente al 50% del monto de la deuda insoluta, igual descuento se producirán sobre las costas procesales y