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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539473 modifi cado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorrogar, con efectividad al 28 de octubre de 2014 y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2015, la vigencia de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal denominada “Consejo Regional del Café de la Selva Central”, creada por Resolución Ministerial N° 0300-2013-MINAGRI, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nºs 0337-2013-MINAGRI, 0409-2013- MINAGRI y 0501-2014-MINAGRI. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica de la referida Comisión Multisectorial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1174594-1 Modifican artículo de la R.M. Nº 0500- 2010-AG, referido a conformación de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, Capítulo Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0666-2014-MINAGRI Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 0559-2014-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR- DG, del 26 de noviembre de 2014, del Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2009-AG, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de diciembre de 2009, el Gobierno del Perú autorizó al Ministerio de Agricultura a realizar, bajo la modalidad de Concurso - Oferta, el proceso de selección para la elaboración del Estudio de Factibilidad para Obras Hidrológicas del Río Puyango Tumbes; y, Diseño Defi nitivo y Ejecución de las Obras Comunes del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes; Que, el 09 de agosto de 2010, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República del Ecuador y el Ministerio de Agricultura de la República del Perú, celebraron el “Convenio Específi co para la Elaboración del Estudio de Factibilidad, Diseño Defi nitivo y Ejecución de las Obras Comunes y Supervisión/ Fiscalización del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes”; Que, mediante el Convenio mencionado en el considerando precedente, se crea la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes (UCB PEBPT), integrado por los Ministros o sus delegados, y al menos tres (3) miembros técnicos, debidamente acreditados por cada Ministerio, y que durarán en sus funciones por el plazo ininterrumpido de cinco (05) años, lo que garantizará la continuidad y pleno cumplimiento del objeto del Convenio; Que, el artículo VI del Instructivo (Reglamento Interno) para la Administración de los Contratos de Ejecución y Supervisión/Fiscalización de la Ejecución del Estudio de Factibilidad, Diseño Defi nitivo y Obras Comunes del Proyecto Especial Binacional Puyango -Tumbes, señala que la administración de los contratos y la representatividad de la UCB-PEBPT ante los contratistas, se hará a través de un Coordinador Binacional, el cual será elegido en forma alterna entre los miembros de los capítulos Ecuador y Perú, con una duración de un año cada vez; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0500-2010- AG, se constituyó en el Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, por un plazo de cinco (05) años, la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes, Capítulo Perú, dependiente del Despacho Ministerial; asimismo, mediante su artículo 3, se estableció su conformación; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 0668-2010-AG, 0404-2012-AG y 0388-2014-MINAGRI, se modifi có la conformación de la referida Unidad de Coordinación Binacional; estableciéndose en la última de las resoluciones mencionadas, como miembro de la misma, entre otros, al Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014- MINAGRI, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, en cuya nueva estructura organizacional, no se encuentra como órgano estructurado la Dirección General de Infraestructura Hidráulica; Que, mediante el Ofi cio del Visto, el Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, propone se actualice la conformación de la Unidad de Coordinación Binacional - Capítulo Perú, subrogando en la representación al Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica; Que, con la fi nalidad de garantizar el normal desarrollo de sus actividades, resulta necesario modifi car la conformación de la indicada Unidad de Coordinación Binacional – Capítulo Perú, contemplada en el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0500-2010-AG; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Ley N° 30048, y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0500-2010-AG, modifi cada mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 0668- 2010-AG, 0404-2012-AG y 0388-2014-MINAGRI, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3.- La Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, Capítulo Perú, estará conformada por los siguientes miembros: - El Ministro de Agricultura y Riego, o su representante; - El Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, del Ministerio de Agricultura y Riego; - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes; y, - El Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1174594-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 078-2014-EF Lima, 6 de diciembre de 2014