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El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539489 alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22° de su Ley Orgánica, Ley N° 26486, el Presidente del Pleno es quién lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13° y 14° de su Reglamento de Organización y Funciones, modifi cado por Resolución N° 0738-2011- JNE; que señalan que también es su máxima autoridad administrativa, representante ofi cial y Titular del Pliego. Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, por el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)”. Que, el numeral g) del artículo 6° del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, dispone: “El Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: (…) Licencias con goce de haber por maternidad, paternidad, y otras licencias a las que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales (…)”. Que, en virtud a la norma referida en el considerando precedente, es aplicable al régimen especial de la contratación administrativa de servicios, el numeral k) del artículo 12° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante decreto Supremo N° 003-97-TR, que dispone: “Son causas de suspensión del contrato de trabajo: (…) k) El permiso o licencia concedidos por el empleador (…)”. Que, con la Certifi cación N° 02901-2014-DGPID/JNE, de fecha 5 de diciembre de 2014, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, otorga la certifi cación de existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2014, para el otorgamiento de pasajes aéreos a personal del JNE, a fi n de participar en la inauguración de la muestra del Museo de la Democracia en Ecuador. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución N° 0738-2011-JNE; y, En uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior y la licencia con goce de haber, que corresponda, del trabajador Miguel Arturo Seminario Ojeda, contratado bajo el régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, por el período comprendido del 7 al 8 de diciembre de 2014, a la ciudad de Quito - Ecuador, para que participe en la inauguración de la muestra del Museo de la Democracia en Ecuador. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá los gastos del viaje del trabajador referido en el artículo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: S/. 4,700.00 TOTAL: S/. 4,700.00 (Cuatro Mil Setecientos con 00/100 Nuevos Soles) Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido trabajador deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO A. TÁVARA CÓRDOVA Presidente 1174794-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para que Financiera TFC S.A. realice la emisión de Certificados de Depósito Negociables a través de “Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables de la Financiera TFC” RESOLUCIÓN SBS Nº 7788-2014 Lima, 20 de noviembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la Financiera TFC S.A. para que se otorgue opinión favorable para la Emisión del Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de Financiera TFC S.A., hasta por un monto en circulación de S/. 50,000,000.00 (Cincuenta millones y 00/100 de Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares Americanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 284º faculta a las empresas fi nancieras a emitir y colocar certifi cados de depósito negociables; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos fi nancieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la SMV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en la Sesión de Directorio de la Financiera TFC S.A. celebrada el 18 de setiembre de 2014, se acordó por unanimidad, aprobar el Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociable, hasta por un monto en circulación de S/. 50,000,000.00 (Cincuenta millones y 00/100 de Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares Americanos, conforme los términos y condiciones propuestas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D” y por el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confi eren el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que la Financiera TFC S.A. realice la emisión de Certifi cados de Depósito Negociables a través de su denominado “Primer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables de la Financiera TFC”, hasta por un monto en circulación de S/. 50,000,000.00 (Cincuenta millones y 00/100 de Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares Americanos, conforme a las disposiciones del marco legal y normativo que le es aplicable. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1174332-1