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El Peruano Domingo 7 de diciembre de 2014 539479 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que modifica e incorpora artículos al Reglamento para la implementación de la vigilancia electrónica personal establecida mediante Ley Nº 29499, en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0259-2014-JUS Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTOS: la Hoja de Envío Nº 226-2014-JUS/DM, del Despacho Ministerial y la Hoja de Envío Nº 2338-2014- JUS/SG, de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29499, se establece la vigilancia electrónica personal como un mecanismo de control que tiene por fi nalidad monitorear el tránsito, tanto de procesados como de condenados, dentro de un radio de acción y desplazamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2010-JUS, se aprobó el Reglamento para la implementación de la vigilancia electrónica personal establecida mediante la Ley Nº 29499; Que, el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, señala que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva; Que, asimismo, el artículo 14° del acotado Reglamento establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el primer documento de Vistos, ha dispuesto la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifi ca e incorpora artículos al Reglamento para la implementación de la vigilancia electrónica personal establecida mediante la Ley N.º 29499, con la fi nalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifi ca e incorpora artículos al Reglamento para la implementación de la vigilancia electrónica personal establecida mediante la Ley N.º 29499, conjuntamente con su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Artículo 2º.- Establecer un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir las sugerencias y recomendaciones de las Entidades Públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general. Artículo 3º.- Las sugerencias y recomendaciones podrán ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en Calle Carlos Tenaud cuadra 3 s/n – distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de las direcciones de correo electrónico: gandia@minjus.gob.pe y rramon@ minjus.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Política Criminal y Penitenciaria la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1174482-1 PRODUCE Modifican el Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE que aprueba el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para Embarcaciones Pesqueras (SISESAT) DECRETO SUPREMO N° 011-2014-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2014- PRODUCE se aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT), con el fi n de garantizar una adecuada supervisión de la actividad extractiva de los recursos hidrobiológicos, en especial, en las disposiciones referidas a las especifi caciones técnicas, instalación y mantenimiento de los equipos satelitales, los mensajes de alertas, la latencia de las emisiones, los medios de transmisión, recepción y seguridad de datos, así como en las especifi caciones técnicas del servicio de comunicación satelital hasta el Centro de Control del SISESAT en el Ministerio de la Producción; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE establece que la entrada en vigencia del citado dispositivo legal será a los ciento ochenta (180) días calendario contados desde su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; excepto la Única Disposición Complementaria Transitoria y la Segunda Disposición Complementaria Final que entraron en vigencia al día siguiente de su publicación ofi cial; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE faculta al Ministerio de la Producción a adoptar las acciones pertinentes para mantener la continuidad y operatividad del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras, pudiendo disponer la prórroga de califi cación como aptos a los proveedores actuales del citado sistema satelital; en virtud a ello, mediante Resolución Ministerial N° 374-2014-PRODUCE se prorrogó el plazo de vigencia de las empresas califi cadas como aptas para ser proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital hasta el 31 de marzo de 2015;