Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2014 (07/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Que, no obstante el plazo de adecuacion contemplado en el numeral 3 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2014-PRODUCE, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Viceministerio de Pesqueria del Ministerio de la Produccion viene elaborando la normativa y los procedimientos para la implementacion del MORDAZA Reglamento del SISESAT; Que, asimismo, con la finalidad de dar seguimiento a las actividades extractivas de los recursos hidrobiologicos y teniendo presente que la aplicacion del MORDAZA Reglamento SISESAT implica la elaboracion de un cronograma de migracion a los nuevos equipos satelitales, se ve por conveniente que el MORDAZA de adecuacion e instalacion por parte de los nuevos proveedores del servicio satelital se efectue en temporada de MORDAZA, es decir, MORDAZA que se inicie la temporada de pesca de anchoveta en la MORDAZA Centro ­ Norte y MORDAZA Sur; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118 de la Constitucion Politica; Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y del Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su reglamento; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 0012014-PRODUCE Modifiquese la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para Embarcaciones Pesqueras (SISESAT), aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE, en los terminos siguientes: "Primera.- Periodo de Implementacion El presente Decreto Supremo entrara en vigencia el 1 de MORDAZA del 2015; excepto la Unica Disposicion Complementaria Transitoria y la MORDAZA Disposicion Complementaria Final que entraran en vigencia al dia siguiente de la publicacion oficial." Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1175019-1

El Peruano MORDAZA 7 de diciembre de 2014

MORDAZA Latina en MORDAZA (Peru)" fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota RE (DAC) N° 7-6-F/5 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 15 de octubre de 2014, y Nota CLT/CRE/ITH/14/7857 de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, de fecha 03 de noviembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2° de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Adenda N° 4 al Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno de la Republica del Peru referente a la creacion y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de MORDAZA Latina en MORDAZA (Peru)", formalizada mediante intercambio de Notas, Nota RE (DAC) N° 7-6-F/5 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 15 de octubre de 2014, y Nota CLT/CRE/ ITH/14/7857 de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, de fecha 03 de noviembre de 2014. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la Adenda N° 4, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1175019-2

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la "Adenda N° 4 al Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno de la Republica del Peru referente a la creacion y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de MORDAZA Latina en MORDAZA (Peru)"
DECRETO SUPREMO N° 076-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Adenda N° 4 al Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno de la Republica del Peru referente a la creacion y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de

Reconocen Consul General de Panama en MORDAZA, con circunscripcion en todo el MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 197-2014-RE MORDAZA, 6 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota EP.PE Nº 436/14, de fecha 13 de octubre de 2014, la Embajada de la Republica de Panama solicita el reconocimiento de la senora MORDAZA Dutari de la Espriella, como Consul General de Panama en MORDAZA, a partir del 01 de octubre de 2014; Con la opinion favorable de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento de la senora MORDAZA Dutari de la Espriella, como Consul General de Panama en Lima; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º, incisos 11) y 13) de la Constitucion Politica del Peru, asi como los articulos 9º, inciso 1), y 12º de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer a la senora MORDAZA Dutari de la Espriella, como Consul General de Panama en MORDAZA,

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