Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2014 (08/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 8 de diciembre de 2014

539513
remitio a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, una MORDAZA del Oficio Nº 4492013-AG-OA, en el cual, se advierte que dicha institucion, reitero al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, se sirva disponer con caracter de urgente la remision de un informe tecnico legal del area materia de servidumbre solicitada; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Expediente Nº 2289226 de fecha 07 de MORDAZA de 2013, indico que su institucion venia realizando gestiones de caracter interinstitucional, con la finalidad de atender lo solicitado por la empresa TGP; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, mediante el Oficio Nº 675-2013-MEM/DGH de fecha 06 de junio de 2013, comunico al Ministerio de Agricultura y Riego que habiendo transcurrido el plazo establecido en la MORDAZA, sin que dicha entidad emita el pronunciamiento respecto de la existencia de un MORDAZA economico o fin util, se entiende que no tiene observaciones al referido procedimiento; motivo por el cual, corresponde continuar con dicho tramite, procediendo a emitir el proyecto de Resolucion Suprema correspondiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 104 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Que, por lo expuesto, corresponde continuar con el tramite para la constitucion de la servidumbre solicitada por la citada empresa, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos; Que, atendiendo que el predio materia de solicitud de derecho de servidumbre legal es de dominio del Estado y siendo que las entidades consultadas no han formulado oposicion a la imposicion de la servidumbre ni han senalado la existencia de algun perjuicio para el Estado o que el mencionado predio se encuentre incorporado a un MORDAZA economico o fin util, corresponde que la

Estatales - SBN, mediante el Expediente Nº 2192638 de fecha 24 de MORDAZA de 2012, informo que de la busqueda efectuada en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales - SINABIP, no se ubico ningun registro SINABIP en el ambito del area consultada. En tal sentido, no se encuentra incorporada a algun MORDAZA economico o fin util; Que, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI mediante el Expediente Nº 2201895 de fecha 20 de junio de 2012, senalo que al realizar el contraste de las coordenadas del area materia de servidumbre, se determino que no existe superposicion con su base grafica actual; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, mediante los Oficios Nos.180-2012-MEM/DGH-PTC y 330-2012-MEM/ DGH-PTC de fechas 05 de junio y 06 de noviembre de 2012, respectivamente, solicito a la empresa TGP, la remision del Certificado de Busqueda Catastral del area materia de solicitud de servidumbre, dado que la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP manifesto que no era posible atender la solicitud efectuada, toda vez que se requeria de un pago conforme al TUPA; Que, la empresa TGP, mediante el Expediente Nº 2264497 de fecha 29 de enero de 2013, presento el Certificado de Busqueda Catastral del area de servidumbre, en el cual se precisa que el predio materia de servidumbre, es parte integrante de la parcelacion del predio MORDAZA denominado Asentamiento Rural Manatarushiato, Cigakiato y Puguientimari inscrito en la Partida Electronica Nº 05004570, Asiento 1 de la Oficina de MORDAZA, correlacionada con la Partida Nº 02020162 del Registro de Predios de la Oficina de Quillabamba, cuyo titular es el Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Expediente Nº 2280717 de fecha 05 de MORDAZA de 2013,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.