Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2014 (08/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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constitucion del derecho de servidumbre debe efectuarse en forma gratuita, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 98 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos; Que, de acuerdo a la Clausula Cuarta de los Contratos BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, el plazo por el que se otorgo la Concesion es de treinta y tres (33) anos contados a partir de la Fecha de Cierre, por lo que el periodo de imposicion de servidumbre sobre el terreno descrito se debera prolongar hasta la conclusion de la Concesion, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en los referidos Contratos y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas ha emitido opinion favorable a la constitucion del derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio MORDAZA descrito a favor de la empresa TGP, cumpliendo con expedir el Informe Tecnico Nº 067-2013-MEM/DGH-GGN y el Informe Legal Nº 101-2013-MEM-DGH-DNH; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por la empresa TGP y de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM, asi como con lo dispuesto por el Titulo V "Uso de bienes publicos y de terceros" del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitucion de derecho de servidumbre sobre bienes del Estado, razon por la cual corresponde constituir el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA solicitado a favor de la empresa TGP; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 0422005-EM, el Titulo V del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos y los Contratos BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constituir el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Transportadora de Gas del Peru S.A., sobre el predio de propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego, inscrito en la Partida Registral Nº 05004570 de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- El periodo de afectacion del area a la que hace referencia el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema se prolongara hasta la culminacion de los Contratos BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, sin perjuicio de las causales de extincion que correspondan segun los referidos contratos y las previstas en el articulo 111 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos aprobado por Decreto Supremo N° 081-2007-EM. Articulo 3.- La aprobacion de la presente servidumbre no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos y otros, que por leyes organicas o especiales, tenga que obtener Transportadora de Gas del Peru S.A. para cumplir con las exigencias de proteccion del ambiente y de seguridad asociadas a sus instalaciones dentro del area descrita en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema constituye titulo suficiente para la inscripcion de la servidumbre en los Registros Publicos.

El Peruano Lunes 8 de diciembre de 2014

Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
ANEXO I DESCRIPCION DEL AREA Titular Ministerio de Agricultura y Riego Ubicacion Predio ubicado en el distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA Area total del terreno afectada 7.576477 ha.

COORDENADAS UTM (PREDIO) AREA DE SERVIDUMBRE (7.576477 ha.) MANAT-017
COORDENADAS UTM - WGS84 NORTE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-19 19-20 20-21 21-22 22-23 23-24 24-25 25-26 35.20 29.12 15.95 30.16 73.75 26.79 53.43 70.46 124.35 35.68 40.47 30.54 37.16 25.21 31.70 50.73 39.06 2.96 24.02 7.10 24.44 67.27 42.73 65.18 92.80 ESTE COORDENADAS UTM - PSAD56 NORTE ESTE

VERTICE LADO LONGITUD (m)

691791.0406 8599665.2465 692018.0069 8600032.7733 691825.2575 8599656.9934 692052.2238 8600024.5202 691846.5829 8599637.1668 692073.5492 8600004.6936 691860.9041 8599630.1423 692087.8704 8599997.6691 691880.4510 8599607.1690 692107.4173 8599974.6958 691946.5393 8599574.4423 692173.5056 8599941.9691 691972.4629 8599567.6971 692199.4292 8599935.2239 692019.8534 8599543.0220 692246.8197 8599910.5488 692066.8881 8599490.5594 692293.8544 8599858.0862 692150.7809 8599398.7706 692377.7472 8599766.2974 692171.9523 8599370.0478 692398.9186 8599737.5746 692200.4074 8599341.2655 692427.3737 8599708.7923 692220.1798 8599317.9894 692447.1461 8599685.5162 692232.8431 8599283.0549 692459.8094 8599650.5817 692250.9653 8599265.5235 692477.9316 8599633.0503 692280.2225 8599253.3185 692507.1888 8599620.8453 692300.1039 8599206.6483 692527.0702 8599574.1751 692310.2150 8599168.9183 692537.1813 8599536.4451 692309.7841 8599165.9901 692536.7504 8599533.5169 692311.0541 8599142.0043 692538.0204 8599509.5311 692313.2341 8599135.2513 692540.2004 8599502.7781 692312.4734 8599110.8265 692539.4397 8599478.3533 692310.3861 8599043.5900 692537.3524 8599411.1168 692323.2639 8599002.8455 692550.2302 8599370.3723 692361.0386 8598949.7246 692588.0049 8599317.2514

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