Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2014 (12/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Ayacucho. CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 16° del Reglamento de la Ley de Radio y Television clasifica a las estaciones de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), en Estaciones Primarias y Estaciones Secundarias, indicando que estas ultimas "son estaciones de baja potencia, con caracteristicas tecnicas restringidas, determinadas por las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y destinadas a servir un area de dimensiones limitadas. Se ubican fuera de la MORDAZA de servicio de las Estaciones Primarias y son consecuencia de su Plan de Asignacion de Frecuencias"; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 086-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Concepcion; Que, con Resolucion Ministerial N° 718-2013MTC/03, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 03 de diciembre de 2013, se aprobaron los criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social; encargandose la publicacion del listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social en la pagina web del Ministerio y su actualizacion semestral a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; Que, de acuerdo al listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social publicado en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comprende en ellas a la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA considerada como area rural, para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM); Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, de la localidad de MORDAZA, establece 100 W. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, se modificaron las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, la cual establece que las estaciones que operen en el rango de hasta 0.1 KW. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio MORDAZA Clase E1, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor MORDAZA SOLFIO MORDAZA MORDAZA no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No

El Peruano Viernes 12 de diciembre de 2014

Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 1998-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA SOLFIO MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del procedimiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion en localidades de areas rurales; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 086-2004-MTC/03 y sus modificatorias, la Resolucion Ministerial N° 718-2013-MTC/03 que aprobo los Criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA SOLFIO MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Descripcion del Sistema Irradiante Altura de la MORDAZA Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. San MORDAZA S/N, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Ayacucho. : Longitud Oeste: 73º 52' 29.17'' Latitud Sur : 13º 31' 57.39'' : Corasca (Km. 2.0 carretera a Ayacucho), distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Ayacucho. : Longitud Oeste: 73º 52' 39.12'' Latitud Sur : 13º 31' 44.35'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m. : OCJ-5M : 256KF8E : 100 W. : ARREGLO DE 2 ANTENAS DIPOLO : 33 m : SECUNDARIA E1 ­ BAJA POTENCIA : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 104.1 MHz : COMERCIAL

Coordenadas Geograficas Planta Transmisora

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

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