Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2014 (12/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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registro Nº 2011-042788, la misma quedo aprobada el 24 de enero de 2012, al haberse configurado el silencio administrativo positivo a que se refiere dicho articulo y el MORDAZA del Ministerio; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1132-2014MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 1961-2014-MTC/28, opina que corresponde declarar aprobada al 24 de enero de 2012, en aplicacion del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 495-2011-MTC/03 de titularidad de la empresa RADIODIFUSORA MONTERREY S.A.C., a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., habiendose verificado a esa fecha el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la aprobacion de la transferencia; debiendo expedirse la Resolucion Viceministerial que formalice tal transferencia y reconozca a esta MORDAZA empresa como nueva titular de la dicha autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 24 de enero de 2012, en virtud del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 495-2011-MTC/03 de titularidad de la empresa RADIODIFUSORA MONTERREY S.A.C. a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. como titular de la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 495-2011MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para las acciones que corresponda de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1175830-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 757-2014-MTC/03 MORDAZA, 28 de Noviembre del 2014 VISTOS, los escritos de registro Nº 2006-012543 del 15 de MORDAZA de 2006 y Nº 2010-050046 del 02 de diciembre de 2010, presentados por la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., sobre renovacion y aprobacion de transferencia de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Juliaca, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 293-96MTC/15.17, del 21 de junio de 1996, se autorizo a la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; con vencimiento de su plazo de vigencia al 27 de junio de 2006;

El Peruano Viernes 12 de diciembre de 2014

Que, por Resolucion Directoral Nº 266-2000MTC/15.19, del 05 de diciembre de 2000, se autorizo a la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., el cambio de ubicacion de estudios, el aumento de potencia y el cambio de la emision de la estacion autorizada con Resolucion Ministerial Nº 293-96MTC/15.17; expidiendose la Licencia de Operacion Nº 0097-FM-MTC/15.19 del 16.01.2011; Que, con escrito de registro Nº 2006-012543 del 15.05.2006, la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., solicito la renovacion de su autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 29396-MTC/15.17; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen los requisitos y las condiciones aplicables al procedimiento de renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, que modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se modifico la calificacion del procedimiento de renovacion de autorizacion, de silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo; MORDAZA que establece en su articulo 4 que los procedimientos de evaluacion previa, cuya calificacion de silencio administrativo se modifique, se regiran como tal a partir de la entrada en vigencia de la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, es decir el 04 de enero de 2008; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA del procedimiento de renovacion y al no haberse emitido pronunciamiento respecto de la solicitud de renovacion de autorizacion, ello genera que en virtud del silencio administrativo positivo la solicitud presentada por la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., se considere automaticamente aprobada en los terminos solicitados, al 04 de enero de 2008; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3134-2011MTC/28, MORDAZA con Memorando Nº 4288-2011MTC/28, e Informe Nº 1920-2014-MTC/28, senala que si bien la administrada no cumplio con presentar todos los requisitos y condiciones exigidos para que opere la renovacion, a la fecha, ha transcurrido mas de 3 anos para declarar la nulidad del acto ficto, tanto en sede administrativa como en sede judicial, por lo que corresponde declarar aprobada al 04 de enero de 2008, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 293-96-MTC/15.17; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 080-2004MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Juliaca, lugar donde opera la estacion de radiodifusion materia de renovacion de autorizacion; Que, asimismo, con escrito de registro Nº 2010050046 del 02 de diciembre de 2010, la empresa RADIO LA TRANSMISION CORRECTA S.C.R.L., solicito la aprobacion de la transferencia de su autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 293-96-MTC/15.17, a favor de la empresa EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados

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