Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2014 (12/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 12 de diciembre de 2014

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c) De otro lado, considerando que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur cuenta con dos (2) MORDAZA Penales de Apelaciones ubicadas en el Distrito de Chorrillos, cuya competencia es en todo el referido Distrito Judicial, las cuales, en adicion a sus funciones, pueden revisar procesos penales en el MORDAZA de las Leyes Nros. 29574 y 29648 y del Codigo de Procedimiento Penales de 1940, en virtud de lo establecido en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, resulta conveniente que la Sala Mixta Transitoria de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, procedente de la reubicacion establecida por Resolucion Administrativa N° 314-2014-CE-PJ, se convierta en Sala Civil Transitoria Descentralizada del Distrito de Chorrillos, con la finalidad de atender las apelaciones de la especialidad civil y familia de los Juzgados Especializados del referido Distrito Judicial. d) De igual forma, con la finalidad de atender las causas de la especialidad familia del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, es recomendable que el 2° Juzgado Penal Permanente del Distrito de Chorrillos se convierta en Juzgado de Familia Permanente del referido distrito. Noveno. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la aprobacion de la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 936-2014 de la trigesimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear, a partir del 1 de enero de 2015, la Subsede Chorrillos - San MORDAZA de Miraflores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, con sede en el Distrito de Chorrillos y con competencia territorial en toda la Subsede. Articulo Segundo.- Convertir, a partir del 1 de enero de 2015, los siguientes organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur: a) El 2° Juzgado Penal Permanente del Distrito de Chorrillos, en Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito y Corte Superior de Justicia. b) La Sala Mixta Transitoria Descentralizada del Distrito de Chorrillos, en Sala Civil Transitoria Descentralizada del mismo distrito y Corte Superior de Justicia, con competencia territorial en la Subsede Chorrillos - San MORDAZA de Miraflores, debiendo tener turno abierto para recibir expedientes en apelacion provenientes de los Juzgados Especializados en Civil y Familia de los distritos que pertenecen a la referida Subsede. Articulo Tercero.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2015, que la Sala Civil del Distrito MORDAZA MORDAZA del Triunfo tenga competencia territorial en todo el Distrito Judicial de MORDAZA Sur, excepto en los Distritos de Chorrillos y San MORDAZA de Miraflores. Articulo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2015, las siguientes acciones administrativas en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur: a) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos debera remitir al Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito, los expedientes en materia de familia que no tengan vista de causa ni se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2014. b) La Sala Civil Permanente del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo debera remitir a la Sala Civil Transitoria Descentralizada del Distrito de Chorrillos, los expedientes provenientes de los Juzgados Especializados de los

Segundo. Que la Resolucion Administrativa Nº 2742014-CE-PJ, de fecha 6 de agosto de 2014, amplio la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, con la incorporacion del Distrito de Chorrillos. Tercero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, del 27 de agosto de 2014, y en el MORDAZA de la aplicacion de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado y su modificatoria establecida por Ley N° 30133, se dispuso a partir del 1 de setiembre pasado, la creacion en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur de dos (2) Juzgados de la Investigacion Preparatoria, dos (2) Juzgados Penales Unipersonales y dos (2) MORDAZA Penales de Apelaciones, con competencia territorial en la totalidad del referido Distrito Judicial. Asimismo, el articulo MORDAZA de dicha resolucion, dispuso "Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para que puedan encargar, en adicion a sus funciones, a los organos jurisdiccionales creados por la presente resolucion, el conocimiento de los procesos tramitados dentro del MORDAZA de las Leyes Nros. 29574 y 29648, en forma equitativa buscando la optimizacion de recursos; asimismo, los procesos en el MORDAZA del Codigo de Procedimientos Penales de 1940, como parte de la politica de descarga procesal del Distrito Judicial; en este ultimo caso, hasta que los organos jurisdiccionales creados equilibren su carga con el Codigo Procesal Penal. (...)". Cuarto. Que por Resolucion Administrativa N° 292-2014-CE-PJ, de fecha 27 de agosto del presente ano, se dispuso a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2014, la reubicacion del 2° Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, como Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. Quinto. Que mediante Resolucion Administrativa N° 308-2014-CE-PJ, del 10 de setiembre de 2014, se dispuso reubicar y convertir, a partir del 1 de noviembre del mismo ano, el 7° y 31° Juzgados Penales Permanentes para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, en 1° y 2° Juzgados Penales Permanentes en la Subsede del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. Sexto. Que el articulo primero de la Resolucion Administrativa N° 314-2014-CE-PJ, de fecha 17 de setiembre ultimo, dispuso reubicar a partir del 1 diciembre de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2015, la Sala Mixta Transitoria del Distrito de Yanacancha, Corte Superior de Justicia de Pasco, a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur como Sala Mixta Transitoria Descentralizada del Distrito de Chorrillos. Setimo. Que mediante Oficio N° 1705-2014-PCSLIMASUR/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, solicito a este Organo de Gobierno la creacion de la Subsede Chorrillos - San MORDAZA de Miraflores y Balnearios, con el proposito de lograr mayor accesibilidad de conexion y teniendo en cuenta el alto indice poblacional de los Distritos de Chorrillos, San MORDAZA de Miraflores y balnearios. Octavo. Que mediante Informe N° 136-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal analiza la propuesta del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, y llega a las siguientes conclusiones: a) Los Distritos de Chorrillos y San MORDAZA de Miraflores son colindantes y comprenden una amplia red vial de comunicaciones que los conecta facilmente. Asimismo, se observa que los distritos que comprenden los balnearios del MORDAZA Sur de MORDAZA, como son Punta MORDAZA, Punta Negra, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Pucusana, se encuentran mas cercanos al Distrito de Lurin que al Distrito de Chorrillos; ademas de contar con Juzgados de Paz Letrados Mixtos y Juzgados Especializados en todas las materias, por consiguiente, no resulta conveniente que dichos distritos integren la Subsede Chorrillos - San MORDAZA de Miraflores. b) De acuerdo con el MORDAZA considerando de la Resolucion Administrativa N° 274-2014-CE-PJ, se contempla la posibilidad que el Distrito de Chorrillos se constituya en una Subsede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. En ese orden de ideas, resulta conveniente atender lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, respecto a constituir una Subsede de dicha Corte Superior con competencia en los Distritos de Chorrillos y San MORDAZA de Miraflores.

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