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El Peruano Viernes 12 de diciembre de 2014 539747 Artículo 3.- Coordinación Institucional La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -SUTRAN y la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú, efectuarán las coordinaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Difusión El Consejo Nacional de Seguridad Vial, PROVIAS NACIONAL, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías –SUTRAN y la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario ofi cial “El Peruano”, y en las páginas Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe) y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías –SUTRAN (http://www.sutran.gob.pe). Artículo 6.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a los quince (15) días calendario de publicada en el diario ofi cial “El Peruano”, con excepción del artículo 2 que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el citado diario ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese, MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1176643-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan miembro del CONAFOVICER en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2014-VIVIENDA Lima, 9 de diciembre de 2014 VISTO; el Ofi cio N° 394-2014-MTPE/1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 7 del Estatuto del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER, aprobado por Resolución Suprema N° 266-77-VC-1100, señalan que el CONAFOVICER está conformado por siete (7) miembros, entre ellos, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, nombrados por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por un periodo de tres (3) años; Que, mediante Resolución Ministerial N° 197-2012- VIVIENDA de fecha 17 de setiembre de 2012, se designó a la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, como miembro del CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, con documento del visto, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo señala que la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, ha presentado su renuncia a la designación efectuada por Resolución Ministerial N° 197-2012-VIVIENDA, por lo que solicita designar en su reemplazo al señor Carlos Enrique Bejarano González; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la renuncia presentada por la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, y designar en su reemplazo al señor Carlos Enrique Bejarano González, hasta completar el periodo de tres (03) años, iniciado con la Resolución Ministerial N° 197-2012-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y la Resolución Suprema N° 266-77-VC-1100; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro, como miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Enrique Bejarano González, como miembro del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú - CONAFOVICER, en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta completar el periodo de tres (03) años, iniciado con la Resolución Ministerial N° 197-2012-VIVIENDA de fecha 14 de setiembre de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1175813-1 PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION