Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregacion de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo 02 que forma parte de la presente MORDAZA, a nivel de MORDAZA de Transaccion, Generica, Subgenerica y Especifica; y, se presentaran junto con la Resolucion a la que se hace referencia en el parrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1178495-2 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 33° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, las entidades o Unidades Ejecutoras estan obligadas, bajo responsabilidad, a conciliar con la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP) al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada ano fiscal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecucion esta a su cargo; Que, asimismo, mediante el literal a) del articulo 17° de la Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administracion de Deuda, aprobada por la Resolucion Directoral N° 21-2006-EF/75.01, se establece que la DGETP emite una Resolucion Directoral para convocar a las Unidades Ejecutoras a realizar dicha conciliacion de acuerdo a un cronograma, por lo que resulta necesario aprobar el cronograma para la conciliacion de los citados desembolsos al 31 de diciembre de 2014; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y el Decreto Supremo N° 1172014-EF, Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese el Cronograma de Conciliacion de Desembolsos al 31 de Diciembre de 2014, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, por la que se convoca a las entidades o Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la ejecucion de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, para conciliar con la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, el monto total de los desembolsos que hayan recibido al 31 de diciembre del Ano Fiscal 2014, bajo responsabilidad del titular de la entidad o Unidad Ejecutora respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico ANEXO CRONOGRAMA DE CONCILIACION DE DESEMBOLSOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 DIAS --------------19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 19-01-2015 20-01-2015 20-01-2015 21-01-2015 21-01-2015 22-01-2015 23-01-2015 23-01-2015 23-01-2015 23-01-2015 1177981-1 HORA --------10:00 10:30 11:00 11:30 12:00 15:00 15:30 16:00 10:00 14:00 10:00 14:00 10:00 10:00 12:00 14:00 16:00 ENTIDADES ---------------------------------------------------MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE AMBIENTE MINISTERIO DE SALUD PODER JUDICIAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIO DE AGRICULTURA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS LOCALES MINISTERIO DE EDUCACION MINISTERIO DE DEFENSA

Aprueban Cronograma de Conciliacion de Desembolsos al 31 de diciembre de 2014
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 087-2014-EF/52.03 MORDAZA, 15 de diciembre de 2014

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