Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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VISTO, el Oficio N° 2127-2014-IN-DM de fecha 10 de diciembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 44° de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; Que, mediante Resolucion Suprema N° 079-2014-IN del 21 de MORDAZA de 2014, se autorizo la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, del 21 de MORDAZA al 20 de MORDAZA de 2014; con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilicito penal que se pudiera cometer con ocasion de las movilizaciones promovidas por la mineria ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 090-2014-IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN, 158-2014-IN, 1962014-IN y 229-2014-IN, del 21 de MORDAZA al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de MORDAZA de 2014, del 21 de MORDAZA al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, del 19 de septiembre al 18 de octubre de 2014, del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, y del 18 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, respectivamente; Que, a traves del Oficio del visto, y en atencion al requerimiento efectuado por la Policia Nacional del Peru, el senor Ministro del Interior ha solicitado al senor Presidente de la Republica la prorroga de la intervencion de las Fuerzas Armadas para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden interno y publico en el territorio nacional, debido a eventuales movilizaciones promovidas por la mineria ilegal e informal; Que, el numeral 4.3 del articulo 4, concordante con los articulos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policia Nacional del Peru en caso de Trafico Ilicito de Drogas, Terrorismo, Proteccion de Instalaciones estrategicas para el funcionamiento del MORDAZA y servicios publicos esenciales, asi como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policia sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prorroga de la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y en el Decreto Legislativo N° 1095; SE RESUELVE: Articulo 1.- Prorroga de la Intervencion de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilicito penal que se pudiera cometer con ocasion de las movilizaciones promovidas por la mineria ilegal e informal. Articulo 2.- De la actuacion de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuacion de las Fuerzas Armadas constituira una tarea de apoyo a la mision de la Policia Nacional del Peru y no releva la activa participacion de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policia Nacional del Peru. 2.2. La actuacion de las Fuerzas Armadas estara dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la MORDAZA y seguridad personales, a la MORDAZA de MORDAZA por las vias y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios publicos esenciales y resguardar puntos criticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la poblacion afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policia Nacional del Peru concentren su

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

accionar en el control del orden publico y la interaccion con la poblacion de los departamentos a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3.- De la Intervencion de las Fuerzas Armadas La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Articulo 4.- Estado de Derecho La intervencion de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolucion Suprema, no implica en modo alguno la restriccion, suspension ni afectacion de los derechos fundamentales consagrados en la Constitucion Politica del Peru, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Peru es parte. Articulo 5.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1178495-6

Autorizan viaje de personal policial a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 244-2014-IN MORDAZA, 16 de diciembre de 2014 VISTOS; el Mensaje EX 22533-14 UDI-G.9/pz de fecha 02 de diciembre de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires Republica Argentina; y, el Memorandum Multiple Nº 550-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 5 de diciembre de 2014, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, con Mensaje EX 22533-14 UDI-G.9/pz de fecha 02 de diciembre de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires Republica MORDAZA, hizo de conocimiento que la Cancilleria MORDAZA ha comunicado que la extradicion del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladado al Peru; en tal sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de Buenos Aires Republica MORDAZA hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 576-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 4 de diciembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, en base a los argumentos y documentos senalados en la referida Hoja de Estudio y Opinion, estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision de servicios del 18 al 22 de diciembre de 2014, del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Revelo y de la Suboficial Tecnico de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA Benner MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires Republica MORDAZA, a fin de que ejecuten la extradicion activa simplificada del ciudadano peruano MORDAZA mencionado; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorandum Multiple Nº 5502014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Direccion General de la Policia Nacional del Peru dio su conformidad al viaje al exterior senalado, disponiendo se proceda a la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa correspondiente

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