Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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g. Residentado Quimico Farmaceutico: Es el Programa de MORDAZA Especialidad de los profesionales quimicos farmaceuticos que desarrollan las universidades en las sedes docentes autorizadas. h. Residente Quimico Farmaceutico: Profesional quimico farmaceutico que realiza estudios universitarios de MORDAZA Especialidad en las especialidades debidamente aprobadas de acuerdo a Ley. i. Rotacion Externa: Actividad de docencia en servicio, para la formacion de profesionales del Residentado Quimico Farmaceutico establecida en los planes curriculares y que se desarrollan en una institucion autorizada distinta a la sede docente de origen j. Unidad de Post Grado o la que haga sus veces: Unidad organica de una universidad orientada a profundizar y desarrollar estudios de post grado y especializacion, generando competencias a nivel de post grado y de MORDAZA especialidad. k. Sedes Docentes: Son hospitales o establecimientos de salud, debidamente autorizados por el Ministerio de Salud, para la realizacion de actividades docente asistenciales intramurales y extramurales. l. Vacante Cautiva: Es aquella vacante en las sedes docentes de los establecimientos de salud (IPRESS) del Ministerio de Salud a cargo del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, asi como de los establecimientos de salud (IPRESS) del Seguro Social de Salud - EsSalud, de las sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru y de los Gobiernos Regionales, destinada exclusivamente a los quimicos farmaceuticos que se encuentren en condicion de nombrados en su respectiva institucion. m. Vacante Libre: Plaza para realizar estudios de Residentado Quimico Farmaceutico dirigida a postulantes que no tienen vinculo laboral con instituciones publicas, ubicada en una sede docente y financiada por la entidad prestadora de servicios de salud publica. n. Vacante por Beca: Plaza para realizar estudios de Residentado Quimico Farmaceutico ofertada y financiada por una institucion publica o privada; la beca incluye pago por servicios academicos y remuneraciones, guardias hospitalarias y beneficios legales que correspondan. o. Vacante por Destaque o Desplazamiento Temporal: Plaza para realizar estudios de Residentado Quimico Farmaceutico en establecimientos de salud publico o privado diferentes al establecimiento con el que mantiene vinculo laboral permanente. CAPITULO II DEL RESIDENTADO QUIMICO FARMACEUTICO Articulo 5.- Objetivos del Residentado Quimico Farmaceutico Son objetivos del Residentado Quimico Farmaceutico: a) Promover la calidad en el MORDAZA de especializacion del profesional quimico farmaceutico en las diferentes ramas establecidas, enfatizando la formacion cientifico humanista, la responsabilidad social de las instituciones involucradas, en el MORDAZA de los objetivos estrategicos del Sector Salud, lo que contribuira a la atencion integral de las necesidades de salud de la poblacion. b) Brindar al Residente Quimico Farmaceutico el conocimiento integral de la realidad nacional con particular enfasis en lo referente a su especialidad, con estandares de calidad nacional e internacional y enfoque preventivo promocional. Articulo 6.- Desarrollo de las especialidades en el Residentado Quimico Farmaceutico. Las especialidades deben ser propuestas por las demandas de las politicas de salud y aquellas que puedan ser ofertadas por las universidades que respondan a las necesidades de salud de la poblacion. La priorizacion de las mismas esta a cargo del Ministerio de Salud en coordinacion con las instituciones involucradas en este MORDAZA, debiendo ser registradas en el Colegio Quimico Farmaceutico del Peru. Inicialmente se han determinado las siguientes especialidades: a) Farmacia Hospitalaria. b) Farmacia Clinica. c) Toxicologia, Quimica Ambiental y Legal.

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

d) Bromatologia. e) Recursos Vegetales Terapeuticos. f) Gestion Farmaceutica. g) Industria Farmaceutica. h) Farmacia Comunitaria para la APS. Articulo 7.- Desarrollo de los Estudios de MORDAZA Especialidad Las Facultades y Escuelas de Farmacia y Bioquimica de las universidades que cuenten con una Unidad de Post Grado o la que haga sus veces, podran ofertar estudios de MORDAZA Especialidad, en coordinacion con las autoridades sanitarias nacionales, regionales y sedes docentes, en el MORDAZA de la Ley 30220, Ley Universitaria. Articulo 8.- Del acceso a los MORDAZA clinicos y espacios sociosanitarios para los estudios de MORDAZA Especialidad El acceso a los MORDAZA clinicos y espacios sociosanitarios para los estudios de MORDAZA especialidad se realizara de conformidad al MORDAZA regulatorio establecido por el Ministerio de Salud. Articulo 9.- Duracion de los Programas de MORDAZA Especialidad La duracion de los programas de MORDAZA Especialidad del Residentado Quimico Farmaceutico sera propuesta por el Comite Nacional del Residentado Quimico Farmaceutico, en el MORDAZA de la Ley N° 30220, Ley Universitaria y en concordancia con los objetivos del Sector Salud. Articulo 10.- Rotaciones Los programas de MORDAZA Especialidad del Residentado Quimico Farmaceutico, ademas de las rotaciones en la sede docente de origen, deben contemplar rotaciones en el primer, MORDAZA y tercer nivel de atencion en areas asistenciales y administrativas, en otras sedes docentes de acuerdo a la especialidad, que no exceda en total el MORDAZA del total de duracion del programa de formacion, lo que incluye las rotaciones en el extranjero. El Comite Nacional del Residentado Quimico Farmaceutico propone a inicios de cada ano, la relacion de sedes docentes autorizadas. Articulo 11.- Del ingreso al Residentado Quimico Farmaceutico El ingreso al Residentado Quimico Farmaceutico se realiza solamente a traves de un concurso publico nacional y unico de seleccion que permite ocupar plazas presupuestadas, con financiamiento publico o privado. Articulo 12.- De las vacantes para el Residentado Quimico Farmaceutico Comprende la sumatoria de todos los tipos de vacantes, con financiamiento publico y privado, que proponen y respaldan presupuestalmente las sedes docentes, que luego son aprobadas por el Comite Nacional del Residentado Quimico Farmaceutico, son asignadas a las universidades con Programas de Especializacion aprobados por el Comite Nacional del Residentado Quimico Farmaceutico, de acuerdo a sus capacidades academicas. Articulo 13.- De la postulacion al Residentado Quimico Farmaceutico. Para el MORDAZA de admision, los postulantes se presentaran unicamente a una Facultad de Farmacia y Bioquimica, sea cual fuere su universidad de procedencia. La postulacion se realizara de acuerdo al cronograma del MORDAZA de admision aprobado a propuesta del Comite Nacional del Residentado Quimico Farmaceutico en fecha unica para todas las universidades. Articulo 14.- Requisitos del postulante al Residentado Quimico Farmaceutico Los postulantes deberan reunir los siguientes requisitos: a) Tener titulo profesional a nombre de la Nacion otorgado por una universidad del MORDAZA o Titulo expedido por universidades extranjeras revalidado por el organo competente de acuerdo a ley. b) Estar inscrito y habilitado en el Colegio profesional respectivo.

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