Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

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SALUD
Aprueban el Reglamento del Residentado Quimico Farmaceutico
DECRETO SUPREMO N° 037-2014-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la proteccion de la salud es de interes publico y que por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, una de las funciones rectoras del Ministerio de Salud, es el dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalizacion, sancion y ejecucion coactiva en las materias de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del articulo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; Que, la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de la Ley N° 28173, Ley del Trabajo del Quimico Farmaceutico del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-SA, dispuso la creacion de una Comision encargada de proponer el Reglamento del Residentado Quimico Farmaceutico; Que, con Resolucion Ministerial Nº 930-2007/ MINSA, se conformo la Comision encargada de proponer el Reglamento del Residentado Quimico Farmaceutico; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 818-2013/ MINSA, se dispuso la prepublicacion de la propuesta de Reglamento a fin de recogerse las observaciones y sugerencias de la ciudadania en general; Que, la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, en su condicion de organo responsable de la Gestion de Capacidades y del Trabajo en el Sistema Nacional de Salud, tuvo a su cargo la conduccion del MORDAZA de sistematizacion de las observaciones e incorporacion de sugerencias y comentarios, otorgando dentro del MORDAZA de sus competencias opinion tecnica favorable a la propuesta de Reglamento; Que, el Residentado Quimico Farmaceutico tiene por finalidad normar la especializacion de profesionales quimicos farmaceuticos en el MORDAZA de la Farmacia y Bioquimica; Que, en virtud a lo MORDAZA expuesto, resulta conveniente aprobar el Reglamento del Residentado Quimico Farmaceutico; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 3 del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion Apruebese el Reglamento del Residentado Quimico Farmaceutico, que consta de tres (3) capitulos, veintitres (23) articulos, seis (6) disposiciones complementarias finales y dos (2) disposiciones complementarias transitorias, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe). Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Defensa, Interior, Salud, Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo REGLAMENTO DEL RESIDENTADO QUIMICO FARMACEUTICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Finalidad del Residentado Quimico Farmaceutico El Residentado Quimico Farmaceutico tiene como finalidad regular la especializacion de profesionales quimicos farmaceuticos en el MORDAZA de la Farmacia y Bioquimica. Articulo 2.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto normar el funcionamiento del Residentado Quimico Farmaceutico en el pais. Articulo 3.- Ambito de Aplicacion El presente Reglamento es de aplicacion en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en el MORDAZA de la Ley N° 28173, Ley de Trabajo del Quimico Farmaceutico del Peru y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2006-SA y demas normas conexas, complementarias y accesorias. Articulo 4.- Definiciones Operativas a. Actividad de Docencia en Servicio: Actividad vinculada entre la universidad y las instituciones de salud, que permite la prestacion del servicio caracterizada por la ensenanza e interaccion docente ­ alumno en un establecimiento de salud, con el fin de garantizar la excelencia academica del residente quimico farmaceutico. b. MORDAZA Clinicos: Espacio de prestacion de atencion de salud individual en una Sede Docente, para el desarrollo de experiencias de aprendizaje que contribuyan al logro de las competencias del residente. c. Competencias: Caracteristicas personales que se traducen en comportamientos observables para el desempeno laboral que superan los estandares previstos. Se refiere especificamente a conocimientos, habilidades y actitudes de las personas al servicio del Estado. Existen dos tipos de competencias: genericas y especificas. d. Espacio Sociosanitario: Espacio de prestacion de salud comunitaria en el ambito de responsabilidad de una sede docente para el desarrollo de experiencias de aprendizaje que contribuyan al logro de las competencias del residente. e. Perfil Academico Profesional del Especialista: Es la descripcion de las competencias principales que debe poseer el especialista como resultado de la accion educativa durante su Residentado. MORDAZA las areas: Personal Social, Asistencial, de Tecnologia Cientifica, Investigacion, Docencia, Responsabilidad Social de Gestion y otros que se desarrollen de acuerdo a las necesidades de la poblacion y al desarrollo cientifico tecnologico. f. Plan Curricular: Conjunto de contenidos, objetivos y competencias que debe alcanzar el Residente Quimico Farmaceutico. Considera el Perfil Academico Profesional de formacion, las funciones y competencias del egresado, los objetivos curriculares del programa, el Plan de Estudios, la sumilla de los cursos (en los casos pertinentes) precisando objetivos especificos de las rotaciones programadas, los logros minimos a alcanzar, los desagregados por ano academico, el sistema de evaluacion a emplear, y normas administrativas universitarias internas pertinentes.

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