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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Viernes 26 de diciembre de 2014 541376 Visto, el Documento Simple Nº 6242-2003, Nº 26600-04, Nº 82711-2004 y Anexos Nº 4189-2003 y Nº 7717-2003, con los cuales el Fondo Metropolitano de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima – INVERMET y Doña Graciela Gómez Carrión solicitan la Subdivisión Sin Cambio de Uso y Con Obras Complementarias del terreno de 2,177.61 m2 ubicado en la Zona de Tratamiento ZT-13 del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en el Asiento 1 y 2 del Tomo 1760 de Fojas 441 del Registro de Predios de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Documento Simple Nº 6242-2003 de fecha 28 de enero de 2003 (fs. 01) y acumulados, el Fondo Metropolitano de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima (INVERMET) solicita la Aprobación de la Subdivisión Sin Cambio de Uso y Con Obras Complementarias de tres predios, entre los que se encuentra el terreno de 2,177.61 m2 de propiedad de doña Graciela Gómez Carrión, inscrito en los asientos 1 y 2 de fojas 441 del Tomo 1760 del Registro de Predios de Lima (fs. 56 al 60), con la finalidad de realizar el saneamiento de la Prolongación del Jr. Ica que ya fue ejecutada y se encuentra actualmente en servicio. Que, mediante Carta de fs. 11 doña Graciela Gómez Carrión como propietaria del predio referido en el párrafo precedente, presta su consentimiento expreso al presente trámite de Subdivisión. Que, con Acuerdo de Consejo Metropolitano Nº 085 de fecha 27 de abril de 1,999 (fs. 14 y 15), se declaró de preferente interés Local la Prolongación de la Cdra. 10 del Jr. Ica, Autorizando su apertura, así como la afectación de las áreas grafi cadas en el plano perimétrico que forma parte dicho Acuerdo. Que, mediante Acuerdo de Consejo Metropolitano Nº 132 de fecha 7 de mayo de 2001, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 09 de septiembre de 2,001 (fs. 06 al 08), se acepta la donación efectuada por la Empresa F.C. Central Andino S.A. a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima de tres lotes de terreno que servirán para ejecutar las obras de la prolongación del Jr. Ica del Cercado de Lima, tramo comprendido entre Jr. Oroya y la Av. Sancho de Rivera, siendo uno de estas áreas parte del terreno materia de trámite. Que, con Informe Nº 016-99/MML/IMP/AVT de fecha 05 de marzo de 1,999 (fs. 16 y 17) el Área de Vialidad y Transporte del Instituto Metropolitano de Planifi cación, señala la conveniencia de ejecutar la prolongación de la Cdra. 10 del Jr. Ica para mejorar la circulación e integración en la zona; que asimismo la Directora Ejecutiva de PROLIMA señala que la prolongación de Jr. Ica es procedente de acuerdo a la propuesta presentada, ya que con ella no se modifi caría el entorno arquitectónico ni la traza urbana y facilitaría el tráfi co vehicular (fs. 21). Que, de la revisión de las Cartas Nº 2044-2000- EOMR-B de fecha 26 de octubre de 2,000 (fs. 22 y 23) y T- SGED-ZDC-SOC-39996-2000 de fecha 20 de octubre de 2,000 (fs.27) así como sus planos respectivos, emitidos por SEDAPAL Y EDELNOR, se constata la procedencia técnica de dotar de servicios a los lotes resultantes del procesos de Subdivisión, hecho que se ha podido verifi car en campo por personal técnico de esta Dirección al tratarse el presente de una Subdivisión de hecho, habiéndose ya ejecutado el Jr. Ica en el tramo que une el Jr. Oroya y la Av. Sancho de Rivera, del Cercado, provincia y departamento de Lima. Que, con relación a los pagos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA vigente, el cual incluye el pago por derecho de trámite y el 2% del aporte al Servicio de Parques de Lima, así como el pago del 1% del valor de las obras y 1% del valor del terreno establecido en el artículo II-XXI-4 y II- XXI-6 del Reglamento Nacional de Construcciones, el Área Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, la Unidad Técnico Legal de esta Dirección y la Ofi cina General de Asuntos Jurídicos señalan en sus Informes Nº 030-2004-MML-DMDU-DHU-AL de fecha 13 de febrero de 2,004 (fs. 166 y 167), Nº 304-2003-MML- DMDU-UTL de fecha 18 de septiembre de 2,003 (fs. 151) y Nº 2525-2003-MML-OGAJ de fecha 18 de noviembre de 2,003 (fs. 153 y 154), que el Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET se encuentra inafecto a los pagos mencionados al no poder imputársele la condición de Administrado al formar parte de esta Corporación como órgano descentralizado y por haber sido declarada, mediante Acuerdo de Consejo Nº 085 de fecha 27 de abril de 1,999, de preferente interés Local la Prolongación de la Cdra. 10 del Jr. Ica lo cual involucra un benefi cio para la comunidad. Que, mediante Informes Nº 094-2005-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 232-2005-MML-DMDU-DHU-AL de fechas 12 de mayo (fs. 237 al 240) y 10 de junio de 2005 (244 al 246), emitidos por la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias y el Área Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas respectivamente, se opina por la procedencia de la presente propuesta de subdivisión al haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Con lo recomendado por la División de Subdivisiones de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Título II, Numerales XIII.1, XIII.2 y XIII.3 del Reglamento Nacional de Construcciones, el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 y el Edicto Metropolitano Nº 021-85. RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión Sin Cambio de Uso y Con Obras del terreno de DOS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (2,177.61 m2), ubicado en la Zona de Tratamiento ZT-13 del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en el Asiento 1 y 2 del Tomo 1760 de Fojas 441 del Registro de Predios de Lima. La subdivisión que sobre el terreno se autoriza, en el que vamos a denominar lote Matriz A2, se conforma de la siguiente manera: - Sub Lote A2-1 con un área de TRECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTIDÓS DECÍMETROS CUADRADOS (397.22 m2) destinado a vía pública. - Sub Lote A2-2 con un área de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (32.57 m2) destinados a vía pública. - Sub Lote A2-3 con un área de MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (1,747.82 m2). Las características de los Sub Lotes resultantes fi guran en el Plano Nº 010-2005-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva signada con el Nº 009-2005- MML-DMDU-DHU que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante el Registro de Predios de Lima, de los Sub lotes descritos en el artículo precedente, así como la libre disponibilidad del Sub Lote A2-3. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propietarios de los Sub-lotes resultantes están obligados a insertar en los contratos de compra venta que celebren una cláusula que establezca la indivisibilidad de los mismos, sin la autorización municipal correspondiente. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en El Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de su notifi cación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GISELLE ZEGARRA FLORES Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1181725-1