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El Peruano Sábado 27 de diciembre de 2014 541454 numeral 15.2 del artículo 15° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012; Que, mediante Memorando N° 396-2014-MTC/33 de fecha 04 de diciembre de 2014 que adjunta el Informe N° 011-2014-MTC/33.1 y el Memorando N° 436-2014-MTC/33 de fecha 22 de diciembre de 2014, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, sustenta las modifi caciones propuestas al Contrato de Concesión, en los aspectos técnicos; Que, mediante Ofi cio N° 03-2014/PROINVERSION/DPI/ SDGP/JPFE de fecha 17 de diciembre de 2014, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, remite el Informe N° 11-2014/DPI/SDGP/JPFE.03, a través del cual comunica su pronunciamiento con respecto al proyecto de Adenda, señalando que la propuesta de Adenda no modifi ca el diseño original del Contrato de Concesión, la estructuración Económico – Financiera de la Concesión y la distribución de riesgos se mantiene de acuerdo a lo considerado en el citado Contrato de Concesión; Que, teniendo en cuenta la norma anteriormente citada, mediante Ofi cio Circular N° 064-14-SCD-OSITRAN recibido con fecha 22 de diciembre de 2014, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN comunicó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que en Sesión de Consejo Directivo se aprobó mediante Acuerdo N° 1774-533-14-CD- OSITRAN, la opinión técnica de dicho Regulador contenida en el Informe N° 037-2014-GRE-GSF-GAJ-OSITRAN; Que, mediante Ofi cio N° 045-2014-EF/68.01 de fecha 24 de diciembre de 2014 el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, remite la opinión favorable contenida en el Informe N° 140-2014-EF/68.01; Que, mediante los Informes N° 1285-2014-MTC/25, N° 1307-2014-MTC/25, N° 1355-2014-MTC/25 y N° 1364- 2014-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes sustenta técnica, fi nanciera y legalmente la propuesta de Adenda N° 1 al Contrato de Concesión; Que, en atención a la opinión emitida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE y la Dirección General de Concesiones en Transportes; corresponde que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la Sociedad Concesionaria Metro de Lima Línea 2 S.A., en su calidad de Concesionario, celebren la Adenda N° 1 al referido Contrato de Concesión; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, consagra el principio de legalidad, señalando que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el artículo 6° que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicación de las políticas nacionales, en armonía con la política general del Gobierno; asimismo, el literal k) del artículo 7 dispone que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que los Viceministros tienen como función específi ca aquellas que les delegue el Ministro en el ámbito de su competencia; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el texto de la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, así como, autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y el Decreto Supremo N° 127-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del texto de la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”. Aprobar el texto de la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Autorización para suscribir la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”. Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1182448-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN