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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 116

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541858 Que, a través del Memorándum Nº 867-2014-GAF- MSS del 17.10.2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, remite el Informe Nº 202-2014-SGCC-GAF- MSS del 17.10.2014 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, que adjunta el Informe Técnico de Costos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el cual contiene el cálculo de costos correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA. Asimismo, mediante Memorándum Nº 868-2014-GAF-MSS del 17.10.2014, la Gerencia de Administración y Finanzas, remite el Informe Nº 203-2014-SGCC-GAF-MSS, del 17.10.2014 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, el cual sustenta las razones por las que dentro del cálculo de los costos, sólo se contempla los costos directos identifi cables; Que, mediante Memorándum Nº 805-2014-GPPDI- MSS del 23.10.2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, remite el Informe Nº 152-2014-SGPRA-GPPDI-MSS del 22.10.2014 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, en el cual se levantan las observaciones de competencia, de carácter legal y técnico, realizadas por el Área Funcional de Ratifi caciones – Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Lima Metropolitana a través del Informe Nº 266-181-00000001. Adicionalmente, indica que se han efectuado las adecuaciones de los procedimientos a la normativa vigente, proponiendo la aprobación de un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA; Que, con Informe Nº 798-2014-GAJ-MSS del 24.10.2014 la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta la normativa aplicable al tema, así como la documentación generada, emite opinión señalando que procede aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, para lo cual deberá elevarse al Concejo Municipal para que proceda conforme a sus facultades contenidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, asimismo en sesión conjunta de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos de fecha 29.10.2014, el Gerente de Asesoría Jurídica precisó que, la prepublicación de la referida propuesta de Ordenanza, de conformidad con lo establecido por el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general”, resulta innecesaria, por tratarse de un instrumento de gestión, necesarias para el buen funcionamiento de la entidad, y a su vez ha de brindar la debida predictibilidad de los procedimientos y servicios a favor de los administrados, cuyo texto a aprobarse no crea sino recoge los procedimientos ya existentes conforme a ley; Que, con Memorándum Nº 862-2014-GM-MSS de fecha 24.10.2014, la Gerencia Municipal opina por la aprobación de la presente propuesta del Texto Único de Procedimientos –TUPA; Estando al Dictamen Conjunto Nº 54-2014-CGM- CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 798-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que contiene los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el Anexo 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de trámite de los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad, contenidos en el TUPA. Artículo Tercero.- APROBAR los Formatos requeridos para la atención de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad conforme al Anexo 2, el cual es parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- LOS PROCEDIMIENTOS han sido adecuados a la Ley Nº 29090 Ley de Habilitaciones y Edifi caciones y modifi catorias así como a la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modifi catoria. Artículo Quinto.- DEROGAR las Ordenanzas Nº 489-MSS y 495-MSS y todas las normas o disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- EL ANEXO 1 que contiene los procedimientos y servicios prestados en exclusividad en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo Sétimo.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que y de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su reglamento y en el Portal del SAT (www.sat.gob.pe) conforme a lo dispuesto en el Artículo 19º de la Ordenanza Nº 1533. Artículo Octavo.- REMITIR la presente Ordenanza y sus Anexos 1 y 2 a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de iniciar el proceso de ratifi cación de los derechos contenidos en la presente ordenanza. POR TANTO: Mando que se ratifi que, posteriormente se publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1182110-1 Prorrogan vigencias de los Decretos de Alcaldía Nºs. 04 y 09-2013-MSS, que disponen modificación temporal de las condiciones de fraccionamiento señaladas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 30-2014-MSS Santiago de Surco, 11 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 731-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 881-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la modifi cación temporal de los plazos y condiciones de fraccionamiento señalados en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS, modifi cado por los Decretos de Alcaldía Nº 04-2009-MSS, Nº 04-2013-MSS y Nº 09-2013-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 01-2005- MSS, publicado el 18.01.2005, se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, con el fi n de actualizar los procedimientos, para su adecuación a la estructura orgánica vigente. Esta norma se encuentra actualmente vigente; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 018-2007-MSS, publicado el 12.12.2007, se dispuso la modifi cación del primer párrafo del Artículo 10º y del Artículo 11º del Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS, a fi n de fl exibilizar