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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 107

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541849 hasta alcanzar la edad adulta”. De igual forma, en virtud del Plan Local de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones de San Juan de Lurigancho 2009-2015, aprobado mediante la Ordenanza Nº 177 (01/10/2009), cuyo objetivo es institucionalizar y transversalizar la perspectiva de equidad de género en las políticas públicas locales, y en cuyo Eje Estratégico de Salud se establece garantizar la salud de las mujeres y varones en igualada de oportunidades, libre de toda forma de discriminación en el distrito de San Juan de Lurigancho; asimismo, en marco del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado al 2021, en cuyo Eje Temático: Desarrollo Social, Salud y Lucha contra la Pobreza se establece el Proyecto de Implementación de servicios de atención y prevención de la salud sexual y reproductiva para las mujeres y jóvenes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal y la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA MESA DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL EMBARAZO ADOLESCENTE EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Objeto de la presente Ordenanza es la Institucionalización de la Mesa de Concertación para la Prevención y Atención del Embarazo Adolescente en el distrito de San Juan de Lurigancho, como un espacio en el que participan instituciones del Estado y la Sociedad Civil, a fi n de adoptar acuerdos y coordinar acciones generando un compromiso político–social sostenido y continuo que garantice la ejecución de acciones y actividades, que permita optimizar y dar sostenibilidad a las acciones estratégicas dirigidas a la promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las y los adolescentes y jóvenes, la prevención del embarazo adolescente y la atención de la gestante y madre adolescente desde los lineamientos de políticas de salud de los y las adolescentes del Ministerio de Salud y los lineamientos de juventudes de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. • Los lineamientos de política de salud de los y las adolescentes del Ministerio de Salud son los siguientes: acceso universal de los y las adolescentes a la atención integral y diferenciada en los servicios públicos y privados de salud; sensibilizar, promover, fortalecer y generar redes de oportunidades y de protección social de la vida y salud de los y las adolescentes; la alianza con diferentes sectores para la promoción, prevención y cuidado de la salud de los y las adolescentes; y el desarrollo de capacidades que permitan el empoderamiento de los y las adolescentes para el ejercicio pleno de sus derechos, así como su participación individual y colectiva en los procesos de toma de decisiones y de cogestión de políticas públicas. • Los lineamientos de políticas públicas de juventudes de la municipalidad de San Juan de Lurigancho, se fundamentan en los principios de participación, integralidad, continuidad, perspectiva intergeneracional, equidad, interculturalidad y respeto a los derechos humanos de los jóvenes. Asimismo, los objetivos de las políticas de juventudes buscan garantizar el derecho de los jóvenes a la educación, salud, trabajo, a la participación social y a la seguridad ciudadana. Además se tiene por propósito el crear y fortalecer propuestas que promuevan el desarrollo integral de los jóvenes en situación de riesgo y exclusión social. Artículo 2º.- Se asumen dos principios centrales para el diseño de políticas públicas locales concertadas en nuestro distrito: El primero, un reconocimiento explícito y positivo de las necesidades de las/los adolescentes y jóvenes de ser percibidos, valorados y respetados como sujetos de derecho con la capacidad de contribuir a su propio desarrollo y al de la sociedad. El segundo, los adolescentes y jóvenes conocen sus necesidades y prioridades y necesitan participar activamente en la toma de decisiones y en las políticas públicas que les atañen. Artículo 3º.- Se reconoce la existencia de grupos de adolescentes y jóvenes con sus propias características culturales, y que cuyo bienestar y desarrollo dependen de las interrelaciones con el entorno inmediato, principalmente la familia, la escuela y la comunidad, y del tratamiento que reciben por parte de los otros. Artículo 4º.- El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza se circunscribe al distrito de San Juan de Lurigancho, Artículo 5º.- La presente Ordenanza institucionaliza la implementación de la Mesa de Concertación para la Prevención y Atención del Embarazo Adolescente en el distrito de San Juan de Lurigancho, como un espacio de incidencia política, que regulen las acciones de prevención del embarazo en la adolescencia y la protección de la madre y gestante adolescente bajo un enfoque de género, salud pública y de derechos humanos, en el marco del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado (PDMC) y el Plan Operativo Institucional (POI) de la corporación Municipal. TÍTULO II DEL EQUIPO INTERDISCIPLINARIO Y ESPECIALIZADO Artículo 6º.- La implementación de la Mesa de Concertación para la Prevención y Atención del Embarazo Adolescente en el distrito de San Juan de Lurigancho, estará a cargo de un Equipo Interdisciplinario y Especializado, la misma que será conformada mediante Resolución de Alcaldía. El citado Equipo Interdisciplinario y Especializado está integrado por: El Alcalde o su representante, tres (03) Gerentes de la Corporación Municipal, la Directora Ejecutiva de la Red de Salud de San Juan de Lurigancho o su representante, el Director de la Ofi cina de Desarrollo Institucional (ODI), la Responsable de la E.S.N. de Salud Sexual y Salud Reproductiva y el Responsable de Etapa de Vida Adolescente y E.S.N. de Salud Mental de la Red de Salud de San Juan de Lurigancho, respectivamente; complementando el equipo de trabajo los representantes de instituciones privadas, representantes de las instituciones públicas con sede en San Juan de Lurigancho, representantes de los grupos y/o colectivos juveniles y los representantes de los Municipios Escolares. TÍTULO III DE LA MESA DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL EMBARAZO ADOLESCENTE Artículo 7º.- APROBAR el trabajo concertado entre el Gobierno Local, la Red de Salud de San Juan de Lurigancho, la Asociación Taller de los Niños, el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, la Asociación Kallpa la Institución Acción y Desarrollo, los Municipios Escolares, los Grupos y Colectivos Juvenilesy las instituciones y organizaciones con objetivos comunes para la implementación de políticas públicas destinadas a prevenir y atender el embarazo adolescente. Artículo 8º.- INCORPORAR el Plan de Desarrollo Local para la Prevención del Embarazo Adolescente en San Juan de Lurigancho 2015-2021, como instrumento de gestión local, que formara parte de las políticas públicas locales del Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo 9º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social en coordinación con la Red de Salud de San Juan de Lurigancho e instituciones integrantes del Equipo Interdisciplinario y Especializado la implementación de Servicios Diferenciados en Salud Sexual y Reproductiva para adolescentes, conducidos por un personal de salud capacitado en este grupo etáreo específi co, abordando la salud física, psicosocial, sexual y reproductiva de acuerdo al ámbito familiar y comunitario respectivo, y el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva diferenciados para adolescentes en Hospitales y Establecimientos de Salud. TÍTULO IV LINEAMIENTOS Artículo 10º.- ENCARGAR a la Mesa de Concertación para la Prevención del Embarazo Adolescente en San Juan de Lurigancho la implementación de los Lineamientos de Políticas Públicas en materia de Salud