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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 105

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541847 UIT = 3800.00 Nº Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO BRINDADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA DERECHO % UIT1/ S/. S/. (I / C) TRÁMITE 11.04 Autorización construcción de buzones de desagüe, buzones de inspección o derivación, en área de uso público. 4.42 168.00 168.0 99.99% 173 11.05 Autorización para instalación de estaciones de radiocomunicación (en áreas de uso público) 1.80 68.30 68.3 99.97% 174 11.06 Certifi cado de conformidad de obra vinculado a los servicios públicos de telecomunicaciones 1.40 53.10 53.6 98.98% 175 GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Y EDUCACIÓN SUBGERENCIA DE SALUD, BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO DE CAPACIDADES : SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDA 12.01 Carne sanitario 0.68 26.00 26.01 99.95% 176 GERENCIA MUNICIPAL GERENCIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL : PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 13.01 Autorización para la instalación de elementos de seguridad (rejas batientes, plumas levadizas) en área de uso público Por Autorización para la instalación 1.69 64.40 64.41 99.98% 177 Por Inspección ocular por cada elemento de seguridad a instalar 1.70 64.70 64.77 99.90% 178 GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES 16.02 Registro municipal de organizaciones de recicladores autorizados para la recolección selectiva y comercialización de residuos sólidos 2.43 92.20 92.23 99.96% 179 1/ UIT vigente en el 2014 = S/. 3,800.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 498 -MSS Elaboración: Servicio de Administración Tributaria Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo Ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación del texto de la Ordenanza Nº 498-MSS, en el diario ofi cial El Peruano, así como del Anexo de la ordenanza que contiene los procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, respecto de los derechos de trámite que cuenten con opinión favorable y que sean ratifi cados, el cual deberá ser publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional, conforme lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley Nº 27444, y modifi catorias. La publicación se deberá realizar, sin perjuicio que la Municipalidad deje sin efecto de forma expresa los derechos de trámite de los procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad que no cuenten con pronunciamiento favorable, siendo estas las siguientes: - 2.03 Dispensa de Publicación de edictos matrimoniales (Total o Parcial). - 07.14 “Autorización para instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones (en predios de propiedad privada). - 07.15 “Autorización de conformidad y fi nalización de la ejecución de la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones (en predios de propiedad privada). - 09.03 Licencia de funcionamiento para: establecimientos con un área de más de 500 m2 y no comprendidos en las categorías anteriores que apliquen para una ITSE de detalle en sus 10 tramos. - 09.07 Licencia de funcionamiento conjunta con anuncio simple: establecimientos con un área de más de 500 m2 y no comprendidos en las categorías anteriores que apliquen para una ITSE de detalle y anuncio publicitario (letreros, letras recortadas, placas y toldos) en sus 10 tramos. Ello debido a que no se encuentran conforme a las disposiciones técnicas y/o legales vigentes. Por otro lado, se precisa que la aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; así como, la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza en ratifi cación y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones, adecuadas a la Ley Nº 29090 y modifi catorias, el derecho de trámite total del procedimiento no excede en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización excepcional prevista en la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Finalmente, corresponde señalar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 1533. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1182112-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Institucionalizan la mesa de concertación para la prevención y atención del embarazo adolescente en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 285 San Juan de Lurigancho, 24 de diciembre del 2014