Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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veintiun (21) dias, a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion. Articulo 2.- La Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, efectuara los pagos que correspondan al MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Edgard MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viaticos US$ 430.00 ­ (20%) = US$ 86.00 x 21 dias = US$ 1,806.00 Pasajes Aereos e Impuestos US$ 1,060.54 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial autorizado debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1182577-2

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

Articulo 2°.- Refrendo La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1182577-3

Aprueban Lista Nº 14 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0267-2014-JUS MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 VISTOS, el Oficio N.º 1747-2014-JUS-CMAN/SE, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN; el Informe N.º 226-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.º 893-2014JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo del Plan Integral de Reparaciones (PIR) para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, conforme lo dispone el articulo 38º del Reglamento de la Ley N.º 28592, aprobado por el Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el articulo 42º de la citada MORDAZA, el Consejo de Reparaciones determina e identifica a los Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el articulo 2º del Decreto Supremo N.º 0512011-PCM, modifica el articulo 37º del Reglamento MORDAZA acotado, senalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el PRE; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo N.º 051-2011PCM determina que el monto de la reparacion economica por victima de violacion sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000,00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), dictandose los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo N.º 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripcion de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolucion Ministerial N.º 01492012-JUS, por la cual se modifican los procedimientos y modalidades de pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, aprobados con Resolucion Ministerial N.º 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del PRE es el MINJUS a traves de su Unidad Ejecutora que es la Oficina General de Administracion, precisandose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley N.º 29979, Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas del Plan Integral de Reparaciones, senala en el primer parrafo de su articulo

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Reconocen a MORDAZA Vicario Apostolico de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 223-2014-JUS MORDAZA, 27 de diciembre de 2014 VISTA, la Nota Prot. N. 3749/14, de fecha 10 de junio de 2014, por la cual Monsenor MORDAZA P. Green, MORDAZA Apostolico en el Peru, comunica que Su Santidad el Papa MORDAZA, ha aceptado la renuncia de Monsenor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Rasilla MORDAZA, al gobierno pastoral del Vicariato Apostolico de MORDAZA, y ha nombrado a Monsenor MORDAZA MORDAZA Vlzcarra MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicario Apostolico de dicha circunscripcion eclesiastica; CONSIDERANDO: Que, es procedente reconocer para todos sus efectos civiles el nombramiento de Monsenor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA Vicario Apostolico de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el articulo VIl del Acuerdo entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru, aprobado por el Decreto Ley N° 23211, el literal e) del numeral 2 del articulo 8° y el numeral 4 del articulo 11° de la Ley N° 29158. Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el literal g) del articulo 4° de la Ley N° 29809. Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Reconocimiento. Reconocer para todos sus efectos civiles, a Monsenor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA Vicario Apostolico de Jaen.

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