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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541777 CMAN, en cada una de las cuentas de ahorro del Banco de la Nación hasta por un monto de S/. 1 644 957,61 (UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 61/100 NUEVOS SOLES), que incluye el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras ITF, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Ejecución Presupuestaria del Abono de la Reparación Económica La autorización a que se refi ere el Artículo 3º de la presente Resolución será atendida por el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Unidad Ejecutora: 001 Ofi cina General de Administración; Programa Presupuestal: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Meta: 0078 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional y Meta: 0079 Elaboración y Seguimiento de los Planes, Programas y Proyectos para Contribuir a la Pacifi cación Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, y Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios. Artículo 5º.- Ejecución, Seguimiento y Monitoreo del Programa La Secretaría Ejecutiva de la CMAN es la responsable de supervisar la ejecución, seguimiento y monitoreo del Programa de Reparaciones Económicas, debiendo informar al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia acerca de los resultados de dicha gestión. Artículo 6º.- Publicación en el Portal Institucional del MINJUS El Anexo al que se refi ere el Artículo 1º, se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1182433-1 Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de proyectos y actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0269-2014-JUS Lima, 26 de diciembre de 2014 VISTOS, el Informe Nº 130-2014-JUS-CMAN/SE- PMR y el Ofi cio Nº 1737-2014-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN; el Informe Nº 223-2014- JUS/OGPP-OPRE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 892-2014-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, establece el marco normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico – productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza de manera excepcional transferencias fi nancieras, entre otras, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, las mismas que se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Ofi cio N.° 1737-2014-JUS/SE-CMAN, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, remite el Informe N.° 130-2014-JUS-CMAN/SE-PMR, por el cual emite opinión favorable y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera para catorce (14) Convenios suscritos con Gobiernos Locales; Que, mediante Informe Nº 223-2014-JUS/OGPP- OPRE, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, da cuenta de la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para fi nanciar la correspondiente transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/. 1 400 000,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/. 1 400 000,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1º se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de fi nanciamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Ofi cina General de Administración; Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 0078 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específi cas del gasto 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local – Gastos de Capital: S/. 1 400 000,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la