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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2014 (03/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 3 de enero de 2014 513478 de vistos propone actualizar el Perfi l Ocupacional de Bartender; Que, de conformidad al sustento técnico realizado en el Informe Nº 11-2013-MTPE/3/19.2/CJHG-MCGJ, se indica entre otros, en relación al Perfi l Ocupacional de Bartender, que este refl eja los cambios tecnológicos y productivos acontecidos en el sector correspondiente, debiendo precisar que, se han incorporado nuevos equipos y herramientas que antes no se consideraban necesarios para el desempeño de la labor8, así como se han incorporado nuevos procedimientos para el desempeño de sus actividades o funciones, y condiciones de trabajo en las unidades de competencia a efectos de responder a las demandas actuales; adicionalmente, se advierte la necesidad de identifi car los puestos de trabajo vinculados a las unidades de competencia del Perfi l Ocupacional de Bartender, en vista que, permite una mejor comprensión por parte de los actores involucrados en la normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, la actualización propuesta cuenta con el control de calidad efectuado de acuerdo al Informe N° 047-2013- MTPE/3/19.2/BCMR, en base a la “Matriz de control de calidad del diseño de un Perfi l Ocupacional” aplicada a tal efecto; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de la actualización del Perfi l Ocupacional. Aprobar la actualización del Perfi l Ocupacional de Bartender, propuesta por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia. Incorporar el Perfi l Ocupacional de Bartender actualizado, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (03) años y servirá de base para procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales que se inicien. Artículo 3º.- Vigencia de procesos iniciados. Los procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales iniciados en base al Perfi l Ocupacional de Bartender, aprobado mediante Resolución Directoral N° 08-2010-MTPE/3/11.2, continuarán vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Artículo 4°.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionarán el Mapa Funcional, Perfi l Ocupacional actualizado y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 8 Insumos para preparar las decoraciones y pre mezclas de las bebidas, caja de almacenamiento, display de licores, racks porta botellas, , sifón de crema chantillí, , bowls, etiquetas, plumón marcador, papel fi lm, computadora, impresora, útiles de ofi cina, escoba recogedor trapeador, entre otros, etc. 1033335-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN