Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

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Nacional del Peru se rigen por sus propias leyes y reglamentos; Que, el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru, tiene por objeto normar la MORDAZA y situacion del personal de la Policia Nacional del Peru, con el proposito de garantizar el desarrollo personal, profesional y tecnico de sus integrantes, para el cumplimiento de la finalidad fundamental, mision y objetivos institucionales al servicio de la sociedad; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del referido Decreto Supremo regula la asignacion de MORDAZA segun orden de antiguedad respecto a la designacion de los cargos de Jefe del Estado Mayor General, Inspector General, Director Nacional de Operaciones Policiales y Director Nacional de Gestion Institucional, teniendo en cuenta lo dispuesto por el articulo 34 del Reglamento MORDAZA senalado; Que, el articulo 15 del Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru establece que el Alto Mando de la Policia Nacional del Peru esta conformado por el Director General, el Jefe de Estado Mayor General y el Inspector General; Que, a fin de adecuar el Decreto Supremo N° 016-2013-IN a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1148 , la Ley de la Policia Nacional del Peru, resulta necesario realizar las modificaciones correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del D.S. N° 016-2013-IN Modifiquese la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del D.S. N° 016-2013-IN, en los terminos siguientes: "Primera.- Asignacion de cargos segun orden de antiguedad A excepcion del Director General, los cargos de Jefe de Estado Mayor General e Inspector General seran cubiertos por Oficiales de MORDAZA en el grado de General, en estricto orden de antiguedad, en tanto no se cuente con Tenientes Generales." Articulo 2.- Modificacion del articulo 34 del Reglamento aprobado por el D.S. N° 016-2013-IN Modifiquese el Primer Parrafo del articulo 34 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1149, aprobado por el D.S. N° 016-2013-IN, en los terminos siguientes: "Articulo 34.- Asignacion en cargos A Excepcion del Director General, los cargos de Jefe de Estado Mayor General e Inspector General, seran cubiertos por Oficiales Generales de MORDAZA en el grado de MORDAZA General, en estricto orden de antiguedad. Articulo 3.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1034166-1

departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional del MORDAZA, el Gobierno Local involucrado, segun corresponda, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, con la finalidad de que estas se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y Riego y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1034164-1

INTERIOR
Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 016-2013-IN, que aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO N° 001-2014-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 168 de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Fuerzas Armadas y la Policia

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