Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios sobre eficacia y seguridad del producto, segun los criterios de la OMS o EMA vigentes; Que, mediante Resolucion Suprema N° 060-98-SA se aprobo el Reglamento del Comite Especializado del Ministerio de Salud ­ CEMIS, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA, el cual fue derogado por el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2011-SA; Que, la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, como Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios del Ministerio de Salud, ha propuesto un MORDAZA Reglamento del Comite Especializado; Que, en concordancia a lo dispuesto en la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-SA y su modificatoria, resulta necesario aprobar el MORDAZA Reglamento del Comite Especializado del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2011-SA y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Comite Especializado del Ministerio de Salud - CEMIS, que consta de seis (6) capitulos, dieciseis (16) articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Suprema Nº 06098-SA, que aprobo el Reglamento del Comite Especializado del Ministerio de Salud, asi como las demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion Suprema. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Suprema en el Diario Oficial "El Peruano" y cuyo Reglamento materia de aprobacion, sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud (www. minsa.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1034165-1

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

Modifican el Documento Tecnico "Protocolos de Examenes Medicos Ocupacionales y Guias de Diagnostico de los Examenes Medicos Obligatorios por actividad"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 004-2014/MINSA MORDAZA, 3 de enero del 2014 Visto, los Expedientes N°s 13-134236-001 y 13134236-002, que contiene el Informe N° 902-2013/DSO/ DIGESA, de la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, el Informe N° 002-2014-DCDGRH/MINSA, de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, el Oficio N° 002-2014OPE/INS, que contiene el Informe N° 01-2014-DEMYPTCENSOPAS/INS, del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal e) del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y

Funciones del Ministerio de Salud establece como funcion especifica del Ministerio de Salud promover y participar en el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud; Que, el articulo 100° de la Ley N° 26842, establece que: "Quienes conduzcan o administren actividades de extraccion, produccion, transporte y comercio de bienes o servicios, cualesquiera que estos MORDAZA, tienen la obligacion de adoptar las medidas necesarias para garantizar la proteccion de la salud y la seguridad de los trabajadores y de terceras personas en sus instalaciones o ambientes de trabajo"; Que, mediante Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se creo el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia MORDAZA de concertacion de materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al sector trabajo y promocion del empleo; Que, asimismo, el literal d) del articulo 49° de la precitada Ley establece que el empleador, entre otras, tiene la obligacion de practicar examenes medicos MORDAZA, durante y al termino de la relacion laboral a los trabajadores, acorde con los riesgos a los que estan expuestos en sus labores, a cargo del empleador; Que, el articulo 101° del Reglamento de la Ley N° 29783, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, contempla que: "(...). Los examenes medicos deben ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos Tecnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores expedidos por el Ministerio de Salud, o por el organismo competente, segun corresponda"; Que, por Resolucion Ministerial N° 312-2011/ MINSA, de fecha 25 de MORDAZA del 2011, se aprobo el Documento Tecnico: "Protocolos de Examenes Medicos Ocupacionales y Guias de Diagnostico de los Examenes Medicos Obligatorios por Actividad"; Que, de acuerdo a lo senalado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en su Oficio N° 730-2013MTP/1, mediante Sesion Ordinaria N° 13 del Consejo Nacional de Seguridad y Salud, de fecha 22 de noviembre de 2013, se aprobo por consenso, la modificacion de la Resolucion Ministerial N° 312-2011/MINSA, a efecto de brindar una solucion a la problematica originada por el insuficiente numero de medicos ocupacionales a nivel nacional para atender los requerimientos de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, el literal a) del articulo 48° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, establece que la Direccion General de Salud Ambiental es el organo tecnico normativo en los aspectos relacionados, entre otros, a la salud ocupacional, estando a cargo de proponer y hacer cumplir la politica nacional de salud ambiental, a fin de controlar los agentes contaminantes y mejorar las condiciones ambientales para la proteccion de la salud de la poblacion; Que, con el documento del visto, la Direccion General de Salud Ambiental ha propuesto la modificacion del numeral 6.6.1 del Documento Tecnico: "Protocolos de Examenes Medicos Ocupacionales y Guias de Diagnostico de los Examenes Medicos Obligatorios por Actividad", aprobado por Resolucion Ministerial N° 312-2011/MINSA, e incluido otras disposiciones, a fin de atender la problematica descrita precedentemente; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud Ambiental; Con la opinion favorable de la Direccion General del Desarrollo de Recursos Humanos y del Instituto Nacional de Salud; Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General (e) de la Direccion General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral 6.6.1 del Documento Tecnico: "Protocolos de Examenes Medicos Ocupacionales y Guias de Diagnostico de los Examenes Medicos Obligatorios por actividad", aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 312-2011/MINSA, por el siguiente texto:

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