Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2014 (05/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 5 de enero de 2014

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actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores debe encontrarse registrada y categorizada por la autoridad de salud competente. Articulo 3°.- Adicionalmente a lo establecido en el articulo 2° de la presente Resolucion, los profesionales Medicos Cirujanos deberan aprobar un curso que incluya pruebas funcionales en Salud Ocupacional, con un minimo de cuarenta y ocho (48) horas, dictado y certificado por una universidad publica o privada con Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud o por el Instituto Nacional de Salud en coordinacion con la Direccion General de Salud Ambiental. Articulo 4°.- La Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos, en coordinacion con la Direccion General de Salud Ambiental, el Instituto Nacional de Salud y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto elaborara en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias, el perfil de competencias del medico ocupacional, el cual sera aprobado mediante Resolucion Ministerial. Articulo 5°.- Los profesionales medicos comprendidos en los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion Ministerial participaran en las actividades de seguridad y salud en el trabajo de la empresa o entidad que involucren la prevencion de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos, enfermedades relacionadas al trabajo, enfermedades profesionales y principalmente la vigilancia de la salud de los trabajadores a traves del diagnostico precoz e igualmente el asesoramiento para la reinsercion laboral del trabajador. La calificacion medica de incapacidad de las enfermedades profesionales con caracter indemnizatorio se realizara de conformidad con lo normado por el Ministerio de Salud. Articulo 6°.- Encargar a la Direccion General de Salud Ambiental y al Instituto Nacional de Salud la difusion de lo aprobado mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 7°.- Dejar subsistentes todas las demas disposiciones del Documento Tecnico: "Protocolos de Examenes Medicos Ocupacionales y Guias de Diagnostico de los Examenes Medicos Obligatorios por Actividad", aprobado por Resolucion Ministerial N° 312-2011/MINSA. Articulo 8°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1033876-1

"6.6 CONFORMIDAD DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES La Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que incluye la realizacion de los examenes medico ocupacionales, atencion, notificacion y registro de los acontecimientos relacionados a la salud de los trabajadores es un acto medico y debe cumplir con las siguientes condiciones: 6.6.1 Debe estar a cargo de un: a) Medico Cirujano con MORDAZA especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, o Medicina del Trabajo, debidamente titulado, colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Peru; o, b) Medico Cirujano con Maestria en Salud Ocupacional o Maestria en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestria en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, debidamente colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Peru. (...)" Articulo 2°.- Excepcionalmente por un plazo de tres (3) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, los profesionales Medicos Cirujanos que no cuenten con los requisitos senalados en el articulo precedente, deberan cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos: a) Medico cirujano colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Peru, egresado de la Maestria en Salud Ocupacional o Maestria en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestria en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, con un minimo de un (1) ano de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional. b) Medico cirujano colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Peru con Diplomado en Salud Ocupacional de un minimo de treinta y seis (36) creditos, expedido por una Escuela o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud de una universidad publica o privada; con un minimo de tres (3) anos de experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional. Para efecto de sustentar la experiencia en medicina del trabajo o salud ocupacional, se debera presentar cualquiera de los siguientes documentos: 1. MORDAZA de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores (precisando la actividad/funcion que realizo) en establecimientos de salud publicos y/o privados, debidamente registrados y categorizados por la autoridad de salud competente. 2. MORDAZA de haber desarrollado la vigilancia de la salud de los trabajadores en una empresa o entidad productiva o de servicios, publica y/o privada. Para este efecto el establecimiento (unidad o area) de salud propio de la empresa o entidad donde se MORDAZA realizado la

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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