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El Peruano Miércoles 8 de enero de 2014 513873 responden civil, penal y, disciplinariamente, por el ejercicio negligente, doloso o arbitrario, mostrado en su conducta y desempeño funcional, con inobservancia, infracción o vulneración del ordenamiento jurídico, de conformidad con los artículos 34, 45, 46, 47 y 48 de la Ley de la Carrera Judicial Nº29277. El inciso 2, del artículo 13°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura, señala que es función de la Jefatura de la Odecma Programar las visitas judiciales ordinarias y extraordinarias, así como inspecciones en las diferentes dependencias jurisdiccionales en la oportunidad que considera conveniente, dando cuenta a la Jefatura de la Ocma; por lo que, se precisa que los órganos jurisdiccionales que no se encuentren dentro de las fechas programadas para ser visitadas pueden serlo en cualquier momento que lo considere pertinente esta Jefatura. En ese sentido, y estando a los objetivos de este despacho Contralor cuya fi nalidad es garantizar la corrección, transparencia y probidad en la gestión de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales, así como el Plan de Gestión del año 2014 de la ODECMA Lima Sur, corresponde establecer el cronograma anual de Visitas Ordinarias para el año judicial 2014, teniendo en consideración la propuesta formulada. Por estas consideraciones y de conformidad con la disposición contenida en el inciso 2º del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial – Resolución Administrativa Nº 229-12012-CE-PJ: SE RESUELVE: 1. PROGRAMAR el Rol Anual de Visitas Ordinarias a realizarse en el Distrito Judicial de Lima Sur durante el año judicial 2014, el mismo que se detalla en el anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. 2. PONGASE la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y Señores Magistrados Responsables e Integrantes de la Unidades de Línea de esta ODECMA y todos los magistrados de este distrito judicial. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO CARTOLIN PASTOR Juez Superior Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA ANEXO 01 FECHA ÓRGANO JURISDICCIONAL MES DÍA ENERO 27 1° Juzgado de Paz Letrado Laboral Lima Sur FEBRERO VACACIONES JUDICIALES MARZO 12 Segunda Sala Penal Transitoria de Lima Sur 26 Primera Sala Penal Transitoria de Lima Sur ABRIL 15 Sala Penal Permanente de Lima Sur 29 Segundo Juzgado Penal de Villa María del Triunfo MAYO 14 Primer Juzgado Penal de Villa María del Triunfo 28 Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia Villa María del Triunfo JUNIO 16 Primer Juzgado Penal de Reos en Cárcel 25 Segundo Juzgado Penal de Reos en Cárcel JULIO 14 Segundo Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 31 Primer Juzgado Mixto Transitorio de Villa El Salvador FECHA ÓRGANO JURISDICCIONAL MES DÍA AGOSTO 13 Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Villa El Salvador 27 Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Villa María del Triunfo SETIEMBRE 10 Juzgado de Paz Letrado Civil de Villa El Salvador 22 Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia de San Juan de Mirafl ores OCTUBRE 13 Juzgado Paz Letrado Penal – Turno B - de San Juan de Mirafl ores 29 Segundo Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores NOVIEMBRE 12 Sala Civil 26 Primer Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores DICIEMBRE 10 Juzgado de Paz Letrado de Lurín 17 Juzgado Mixto Transitorio de Lurín 1034822-1 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen a Juez del Juzgado Mixto de Bolívar de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 404-2013-PCNM P.D. N° 010-2012-CNM San Isidro, 31 de julio de 2013 VISTO; El proceso disciplinario N° 010-2012-CNM, seguido contra el doctor Esteban Teobaldo Lévano Fuentes, por su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Bolívar de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y, el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1.- Que, por Resolución N° 086-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al doctor Esteban Teobaldo Lévano Fuentes, por su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Bolívar de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; Cargos del proceso disciplinario: 2.- Que, se imputa al doctor Esteban Teobaldo Lévano Fuentes los siguientes cargos: A.- No haber comunicado a la ODICMA de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca la existencia del proceso constitucional de Hábeas Corpus N° 2008-033, inobservando el Ofi cio Circular N° 020-2007-SG-CS-PJ del 17 de enero del 2007, reiterado por Ofi cio Circular N° 145-2008-SG-CS-PJ del 23 de julio del 2008, por lo que habría incurrido en la responsabilidad disciplinaria prevista en el artículo 201 inciso 1 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial concordante con el artículo 105 inciso 1 de la citada Ley Orgánica.