Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2014 (15/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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MORDAZA, para desempenar las funciones de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, con retencion de su plaza de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo

El Peruano Miercoles 15 de enero de 2014

1037570-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan Acuerdo que aprobo la certificacion y registro de profesionales como Evaluadores Externos y disponen su incorporacion en el Registro de Evaluadores Externos con fines de Acreditacion del CONEAU
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 146-2013-COSUSINEACE/P
MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 VISTO: El Oficio Nº 568-2013-MINEDU/COSUSINEACECONEAU, remitido por el Presidente del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 16º, inciso b), del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que para ser autorizado como entidad evaluadora de instituciones o programas educativos con fines de acreditacion, se debe disponer de un equipo de profesionales competentes estables, y de otro especializado en materia de evaluacion de instituciones o programas y representativo de las diversas areas del conocimiento sobre las que desarrollara la accion evaluadora, que hayan sido capacitados y certificados como evaluadores por el organo operador correspondiente; Que, mediante el Acuerdo Nº 212-2013-CONEAU, sancionado en su Sesion N° 058-CONEAU de 19 de

agosto de 2013, el Directorio del CONEAU acordo aprobar el "Informe del Programa de capacitacion y seleccion de Evaluadores Externos con fines de Acreditacion para todas las Carreras Profesionales (Primera Convocatoria 2013)", elevado por la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del CONEAU con el Oficio Nº 069-2013-DEA-CONEAU de 30 de MORDAZA del 2013; para que los 17 participantes que aprobaron las evaluaciones del programa, MORDAZA certificados y registrados como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion para diversas Carreras Profesionales; Que, mediante Oficio Nº 568-2013-MINEDU/ COSUSINEACE-CONEAU de fecha 20 de agosto de 2013, el Presidente del CONEAU, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado, siendo necesario en tal sentido, emitir el acto resolutivo que oficialice el mismo; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018¬-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0500-2013-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 212-2013CONEAU, de Sesion Ordinaria N° 058-CONEAU del 19 de agosto de 2013, mediante el cual el Directorio del CONEAU acordo aprobar la certificacion y registro como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion, de los profesionales comprendidos en Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la incorporacion de los profesionales mencionados en el articulo precedente, en el Registro de Evaluadores Externos con fines de Acreditacion del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU. Articulo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa publicara en su MORDAZA institucional, la relacion de evaluadores externos con fines de acreditacion segun Anexo. Asimismo lo MORDAZA el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria en su MORDAZA institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE

1037009-1

Oficializan Acuerdo que aprobo renovacion de certificacion de Evaluadores de Competencias Profesionales para las Carreras de Enfermeria y Odontologia y disponen su incorporacion en el Registro de Especialistas en Evaluacion de Competencias Profesionales del CONEAU
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 147-2013-COSUSINEACE/P
MORDAZA, 20 de diciembre de 2013 VISTO: El Oficio Nº 569-2013- MINEDU/COSUSINEACECONEAU, remitido por el Presidente del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria ­ CONEAU; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad,

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