Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2014 (15/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Miercoles 15 de enero de 2014

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con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 21º, numeral 21.2, del referido del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certificadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluacion por competencias, cuyos integrantes hayan sido previamente certificados por el organo operador competente; Que, a traves de la MORDAZA version de la "Guia de Procedimientos para Autorizacion y Registro de Entidades Certificadoras y Certificacion Profesional", aprobada mediante Resolucion N° 018-2012-SINEACE/P de 11 de MORDAZA del 2012, se han establecido los requisitos para ser certificado y registrado como Evaluador de Competencias Profesionales con fines de Certificacion, por el CONEAU; Que, mediante Acuerdo Nº 214-2013-CONEAU, sancionado en su Sesion N°058-CONEAU de 19 de agosto de 2013, el Directorio del CONEAU aprobo el "Informe del desarrollo de la Setima Jornada de Evaluacion para Renovacion de la Certificacion Evaluadores de Competencias Profesionales dirigida a profesionales evaluadores de Enfermeria y Cirujanos Dentistas cuya certificacion vencio en MORDAZA de 2013", elevado por la Direccion de Evaluacion y Certificacion del CONEAU mediante Oficio Nº 066-2013 CONEAU/ DEC, en el que se recomienda la renovacion de certificacion y registro de 09 profesionales en la MORDAZA de Enfermeria y 15 profesionales en la MORDAZA de Odontologia, participantes que aprobaron el curso para el ambito del CONEAU; Que, mediante Resolucion Nº 021-2009-SINEACE, se dispuso la apertura del Registro de Especialistas en Evaluacion de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU; Que, mediante Oficio Nº 569-2013-MINEDU/ COSUSINEACE-CONEAU de fecha 20 de agosto de 2013, el Presidente del CONEAU, hace de conocimiento el acuerdo MORDAZA mencionado, siendo necesario en tal sentido emitir el acto resolutivo que oficialice dicho acuerdo; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018¬-2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 05002013-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 214-2013CONEAU, de Sesion Ordinaria N° 058-CONEAU del 19 de agosto de 2013, mediante el cual el Directorio del CONEAU acordo aprobar la renovacion de certificacion de Evaluadores de Competencias Profesionales para las Carreras de Enfermeria y Odontologia comprendidos en Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la incorporacion de los profesionales mencionados en el articulo precedente, en el Registro de Especialistas en Evaluacion de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria. Articulo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa publicara en su MORDAZA institucional, la relacion de Evaluadores de Competencias Profesionales para la Carreras Profesionales de Enfermeria y Odontologia a que se refiere el articulos 1° de la presente Resolucion. Asimismo lo MORDAZA el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria en su MORDAZA institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Superior SINEACE

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Disponen publicar concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Diciembre del ano 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2014-INGEMMET/SG-OAJ
MORDAZA, 13 de enero de 2014 VISTO, el Memorando N° 024-2014-INGEMMET/ DCM, de fecha 13 de enero de 2014 formulado por la Direccion de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Diciembre del ano 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Publico de Mineria, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicara mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 1082012-INGEMMET/PCD de fecha 05 de MORDAZA de 2012, la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, resuelve delegar en el Director de la Oficina de Asesoria Juridica, la facultad de autorizar la publicacion en el diario oficial "El Peruano", la relacion de concesiones mineras cuyos titulos se encuentren aprobados, segun lo dispuesto en los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC con el Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, correspondiendole al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM; y, el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92EM; y Con la visacion de la Direccion de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el diario oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Diciembre del ano 2013, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolucion se publicara en el MORDAZA Institucional del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (www. ingemmet.gob.pe). Registrese y publiquese. V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Oficina de Asesoria Juridica INGEMMET

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