Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2014 (15/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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El Peruano Miercoles 15 de enero de 2014

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Inician procedimiento sancionador contra martillero publico
(Se publica la resolucion de la referencia a solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, mediante Oficio Nº 059-2014-SUNARP/SG, recibido el 13 de enero de 2014)

MORDAZA REGISTRAL Nº IX-SEDE MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL Nº 041-2012-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF
MORDAZA, 23 de enero de 2012 VISTOS, La Hoja de Tramite 2011-069330-Z.R.N°IX/ GAF-TD del 16 de setiembre de 2011; la Hoja de Tramite 2011-081629-Z.R.N°IX/GAF-TD del 02 de noviembre de 2011; el Informe N°007-2012-SUNARP-Z.R.N°IX/OL de fecha 12 de enero de 2012; y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante la Hoja de Tramite 2011069330-Z.R.N°IX/GAF-TD del 16 de setiembre de 2011, ingresa el Oficio N°1097-2011-ODECMA-CSJAR/PJ de fecha 12 de setiembre del 2011 del Jefe (e) de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA adjuntando en fojas cuarenta y tres (43), copias certificadas de la Investigacion N°0041-2011, relacionadas a la Queja interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Juez del Juzgado de Paz de Edificadores Misti Miraflores de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Paz Allasi, con motivo del remate publico llevado a cabo el 25 de febrero del 2011, en la que actuo el Martillero Publico MORDAZA Hudson Galdos MORDAZA, y en cuyas copias certificadas obra la Resolucion N°03-2011JEFATURA del 6 de setiembre de 2011 de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que en la parte Resolutiva senala textualmente: "...SE RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE por incompetencia, abrir MORDAZA disciplinario en contra del Martillero Publico MORDAZA Hudson Galdos MORDAZA, en consecuencia disponer el ARCHIVO DEFINITIVO de los actuados, por el cargo contenido, en el acapite a) de la parte expositiva de la presente resolucion. REMITASE copias certificadas correspondientes del MORDAZA a la Superintendencia Nacional de los registros Publicos, para los fines pertinentes...". El MORDAZA tiene relacion con el Expediente N°2009-85 del Juzgado de Paz de Edificadores Misti Miraflores de MORDAZA, Especialista Legal doctor MORDAZA MORDAZA, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA Alazon, sobre Obligacion de dar Suma de Dinero. Segundo: Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final del reglamento del procedimiento Sancionador aprobado mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N°218-2007-SUNARP/ SN de fecha 6 de agosto de 2007, establece que son aplicables al procedimiento sancionador contra martilleros publicos las normas del procedimiento sancionador regulado en la Ley del procedimiento Administrativo general, Ley N°27444. Tercero: Que, el inciso 1 del articulo 235° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo general, establece que el procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, peticion motivada de otros organos o entidades por denuncia. Cuarto: Que, conforme lo dispuesto en el numeral 7 del articulo 42° del Manual de Organizacion y Funciones ­ MOF de la MORDAZA Registral N°IX ­ Sede MORDAZA, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Pubicos N°235-2005-SUNARP/SN del 06 de setiembre de 2005, una de las funciones de la Oficina Legal, es la de dictaminar sobre los asuntos que deben ser resueltos en

primera o MORDAZA instancia administrativa por la Jefatura, con excepcion de aquellos contra Registradores Publicos y otros asuntos de caracter registral. Quinto: Que, la Oficina Legal ha emitido el Informe de Vistos, cuyo texto forma parte de la presente Resolucion, segun lo previsto por el numeral 6.2 del articulo 6° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; opinando que existen indicios suficientes que permiten establecer que el Martillero Publico MORDAZA Hudson Galdos MORDAZA, estara incurso en responsabilidad administrativa por haber supuestamente, incumplido la obligacion prevista en los numerales 02 y 14 del articulo 16° de la Ley del martillero Publico, Ley 27728; por lo que resulta necesario instaurar un Procedimiento Administrativos Sancionador, a fin que en este, se determine si en efecto, existe responsabilidad por su actuacion en el remate judicial llevado a cabo el 25 de febrero de 2011, en el expediente signado con el numero 2009-85, que corresponde al MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alazo sobre Obligacion de Dar Suma de Dinero. Sexto: Que, de comprobarse los supuestos de responsabilidad senalados en el articulo anterior las sanciones aplicables serian: a) Multa, b) Suspension del registro o matricula hasta por dos anos, c) Cancelacion del registro de matricula. La aplicacion de tales sanciones se realizara de conformidad con lo previsto en el articulo 23° del reglamento de la Ley del Martillero Publico. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 86° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema N°139-2002-JUS, el articulo 32° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema N°135-2002-JUS, y el Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martillero Publicos aprobado mediante resolucion de Superintendente Nacional de los registros Publicos N°218-2007-SUNARP/SN del 06 de agosto de 2007 y la Resolucion del Superintendente adjunto de los Registros Publicos N°103-2011-SUNARP/SA del 05 de diciembre de 2011, publicada en el Diario oficial "El Peruano" con fecha 06 de diciembre de 2011 y la Resolucion del Gerente General de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos N°010-2012-SUNARP/GG de fecha 06 de enero de 2012. SE RESUELVE: Articulo Primero.- INICIAR el PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, contra el Martillero Publico MORDAZA Hudson Galdos MORDAZA, por haber presuntamente incumplido con lo previsto en los numerales 02 y 14 del articulo 16° de la Ley del Martillero Publico, Ley 27728, respecto a su actuacion como Martillero Publico en el remate judicial realizado el 25 de febrero de 2011, dispuesto por el Juzgado de Paz Letrado de Edificadores Misti de Miraflores ­ MORDAZA, en el expediente N°200985. Articulo Segundo.- REQUERIR AL Martillero Publico mencionado en el articulo anterior para que de conformidad con el articulo 10° del reglamento del procedimiento Sancionador, en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde la notificacion de la presente resolucion y sus correspondientes antecedentes, ejercitando su derecho de defensa, presente su descargo ante la Oficina Legal de la Entidad. Articulo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolucion al Martillero Publico MORDAZA Hudson Galdos MORDAZA, con los antecedentes respectivos. Articulo Cuarto.- REMITIR los actuados a la Oficina Legal a fin que, como organo instructor, lleve a cabo las investigaciones que MORDAZA necesarias y emita el dictamen correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA GARAZATUA NUNOVERO Jefe de la MORDAZA Registral N°IX (e) Sede MORDAZA

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