Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2014 (21/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Republica del Ecuador, del 21 al 23 de enero de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema se efectuaran con cargo al presupuesto del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion de Desastres -CENEPRED Unidad Ejecutora 1410, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) Viaticos (2 dias) Total US$ 532.00 USS 740.00 -----------------US$ 1 272.00

El Peruano Martes 21 de enero de 2014

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Titular de su Institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- El cumplimiento de la presente Resolucion no otorgara derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

de avenida se destinen para la recarga de los citados acuiferos, para lo cual las organizaciones de usuarios de aguas superficiales prestaran el servicio de suministro de agua necesario para dicha recarga, debiendo las organizaciones de usuarios de aguas subterraneas cubrir los costos de operacion que demandara dicha actividad; Que, en consecuencia resulta necesario dictar medidas que promuevan la recarga de los acuiferos del MORDAZA de Ica y Villacuri con los recursos hidricos excedentes del rio Ica; y, Estando a lo opinado por la Direccion de Estudios de Proyectos Hidraulicos Multisectoriales, con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica y la Secretaria General, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 0062010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Recarga de los acuiferos del MORDAZA de Ica y Villacuri Disponer que los recursos hidricos excedentes del rio Ica que se presenten en periodos de avenida, luego de atender las demandas de los titulares de derechos de uso de agua se destinen exclusivamente a la recarga de los acuiferos del MORDAZA de Ica y Villacuri. Articulo 2º.- Servicio de suministro de agua para la recarga del acuifero Establecer que las organizaciones de usuarios de aguas superficiales prestaran el servicio de suministro de agua necesario para la recarga del acuifero, debiendo las organizaciones de usuarios de aguas subterraneas cubrir los costos de operacion que demandara dicha actividad. Articulo 3º.- De la supervision de la recarga de recursos hidricos Encargar a la Autoridad Administrativa del Agua ChaparraChincha la supervision del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y de ser el caso, la implementacion de las acciones correctivas correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

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AGRICULTURA Y RIEGO
Dictan medidas para promover la recarga de los acuiferos del MORDAZA de Ica y Villacuri con los recuros hidricos excedentes del rio Ica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 033-2014-ANA
MORDAZA, 20 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene como funcion, entre otras, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestion integrada y sostenible de los recursos hidricos; Que, el numeral 231.2 del articulo 231° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, establece que la Autoridad Administrativa del Agua podra disponer cuando sea necesario y cuando los estudios demuestren que es tecnicamente posible, la ejecucion de obras de recarga artificial del acuifero con recursos superficiales excedentes y que el ejecutante de las obras tiene derecho de prioridad a usar las aguas que recargan artificialmente el acuifero; Que, asimismo, segun el numeral 249.2 del articulo 249º del precitado Reglamento, corresponde a esta Autoridad promover actividades de recarga de acuiferos, estableciendo regulaciones para limitar su sobreexplotacion, asi como, la planificacion y ejecucion del aprovechamiento conjunto del agua superficial y subterranea; Que, la Direccion de Estudios de Proyectos Hidraulicos Multisectoriales mediante Informe Tecnico Nº 02-2014ANA-DEPHM/ECR senala que en epocas de avenida se producen perdidas de los recursos hidricos excedentes del rio Ica que ascienden a 28 Hm3, que se descargan al mar, siendo conveniente que estos se utilicen para la recarga de los acuiferos de Ica y Villacuri; Que, segun Acta de fecha 16 de enero del 2014, los representantes de las organizaciones de usuarios de aguas superficiales y de aguas subterraneas del ambito de los acuiferos de Ica y Villacuri, acordaron que las aguas excedentes del rio Ica que se presenten en periodos

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AMBIENTE
Designan representantes del Ministerio ante el Comite Directivo del Proyecto "Modernizacion de la Gestion de los Recursos Hidricos" y ante el Directorio Administrador del Fondo de las Americas y del Fondo para la Conservacion de Bosques Tropicales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 019-2014-MINAM
MORDAZA, 17 de enero de 2014 Visto, el Memorandum Nº 693-2013-DVMDERNMINAM del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 053-2012MINAM de 07 de marzo de 2012, se designo a los representantes del Ministerio del Ambiente ante el Directorio Administrador del Fondo de las Americas y del Fondo para la Conservacion de Bosques Tropicales, constituido por Decreto Supremo Nº 087-97-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 110-2008-EF, siendo la representante alterna la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ostoic; Que, por Resolucion Ministerial Nº 092-2012-MINAM de 10 de MORDAZA de 2012, se designo a los representantes del Ministerio del Ambiente ante el Comite Directivo del Proyecto "Modernizacion de la Gestion de los Recursos Hidricos"

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