Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2014 (21/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 21 de enero de 2014

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instituciones y funcionarios publicos del Estado impulsen transversalmente su promocion y ejecucion, en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, el articulo 3° del mencionado Decreto Supremo establece que mediante Resolucion Ministerial, cada ministerio debera aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el conjunto de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en ese contexto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2014 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno", la misma que resulta necesario aprobar; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Secretario General, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y Planeamiento y Presupuesto; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal b) del articulo 7° de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias, que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2014 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de las Unidades Organicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo son responsables del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace referencia el articulo precedente. Articulo 3°.- Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y el Anexo integrante de la misma, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.mintra.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

Estara integrada por los representantes que designen las instituciones de la sociedad civil de diversas caracteristicas que prioricen el analisis e investigacion del fenomeno migratorio y el trabajo organico especializado para la gestion migratoria, asi como el aporte en la construccion de espacios y propuestas, en particular, instituciones de educacion superior, y organizaciones y asociaciones civiles. La relacion de las instituciones integrantes de esta Comision sera registrada y actualizada periodicamente por la Secretaria Tecnica. De conformidad con el inciso 7.4 del articulo 7 del presente Reglamento, una vez adoptado acuerdo, la Secretaria Tecnica invitara formalmente a la institucion de la sociedad civil a incorporarse a la Comision. Articulo 31°.- De la creacion de nuevas Comisiones Especiales de Apoyo o de la modificacion de la conformacion de las existentes La creacion de otras Comisiones de Apoyo, su conformacion y organizacion o la modificacion de la conformacion de las existentes se aprueba por el Pleno de la MTIGM, a propuesta de por lo menos ocho (08) de sus miembros.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.De la aprobacion de normas complementarias Las normas complementarias del presente Reglamento seran aprobadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo las mismas formalidades que se han observado para su aprobacion. Segunda.- De la supervision del cumplimiento El Pleno de la MTIGM debera adoptar las medidas necesarias para supervisar el debido cumplimiento del Decreto Supremo Nº 067-2011-PCM y el presente Reglamento y normas complementarias.

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban "Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2014 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gobierno"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2014-TR
MORDAZA, 14 de enero de 2014 VISTO: El Oficio N° 024-2014-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 4° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseno y supervision de las Politicas Nacionales y Sectoriales, las cuales son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el literal a) del numeral 22.2 del articulo 22° de la referida Ley, prescribe que corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar Politicas Nacionales y Sectoriales; Que, el articulo 3° de la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, senala que el sector trabajo y promocion del empleo comprende el Ministerio, las entidades a su cargo y aquellas organizaciones publicas de nivel nacional y de otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ambito de competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modificatorias, se establecen las Politicas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todas las Entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las

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Modifican denominacion del Centro de Certificacion de Competencias Laborales - Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola - CITEvid por Centro de Innovacion Tecnologica Agroindustrial CITEagroindustrial
RESOLUCION DIRECTORAL N° 031-2013-MTPE/3/19.2
MORDAZA, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Informe N° 033-2013-MTPE/3/19.2./ECCA, emitido por la Especialista Legal de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, entre otras areas programaticas, la materia de normalizacion y certificacion de competencias laborales1; ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, para formular, planear, coordinar,

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Literal h) del Articulo 4°. Numeral 5.1. del Articulo 5°.

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