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El Peruano Martes 21 de enero de 2014 514699 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 012-2014/SUNAT AUTORIZA VIAJE DE TRABAJADOR DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PARA PARTICIPAR EN LA VISITA AL CENTRO NACIONAL DE SELECCIÓN DE CARGA DE LA OFICINA DE ADUANAS Y PROTECCIÓN FRONTERIZA DE LOS ESTADOS UNIDOS Y A LA V REUNIÓN ANUAL DEL GRUPO DE TRABAJO DE DONANTES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (OMA), A LLEVARSE A CABO EN LA CIUDAD DE WASHINGTON, D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Lima, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación electrónica de fecha 3 de enero de 2014, la Ofi cina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, para participar en la visita de instrucción al Centro Nacional de Selección de Carga, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 28 al 29 de enero de 2014; Que mediante Carta N° 13.HN-0261S/H.L., el Secretario General Adjunto de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), cursa invitación al Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, para participar en la V Reunión Anual del Grupo de Trabajo de Donantes de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que se llevará a cabo en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 30 al 31 de enero de 2014; Que el primer evento implica una reunión con el Comisionado de la Ofi cina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América, lo cual permitirá compartir experiencias y buenas prácticas relacionadas con la facilitación y seguridad del comercio internacional de mercancías, así como estrechar lazos en materia de cooperación, toda vez que el Perú viene trabajando con dicho país, en tareas de lucha contra el narcotráfi co, contrabando y seguridad de la cadena logística; así como una visita de instrucción al Centro Nacional de Selección de Carga de la Ofi cina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos de América, con la fi nalidad de conocer las operaciones aduaneras en la facilitación y seguridad de la carga, las operaciones logísticas en el puerto y aeropuerto local, el desarrollo del transporte terrestre y la modernización de los puntos de control transfronterizo; Que el segundo evento tiene como objetivo compartir información sobre las necesidades, prioridades y desafíos de la Región de las Américas y el Caribe, además de establecer una plataforma de diálogo con el fi n de implementar actividades para el desarrollo de los sistemas aduaneros, respaldando los esfuerzos desplegados por las Administraciones Aduaneras, en materia de fortalecimiento de capacidades; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 65-2013-SUNAT/ 3A0000, elaborado por la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, para que participe en los mencionados eventos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Rafael Eduardo García Melgar del 27 de enero al 1 de febrero de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, del 27 de enero al 1 de febrero de 2014, para que participe en la visita al Centro Nacional de Selección de Carga de la Ofi cina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos, y a la V Reunión Anual del Grupo de Trabajo de Donantes de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), ambos eventos a realizarse en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Rafael Eduardo García Melgar Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 399,94 Viáticos US $ 2 200,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1040310-1 Designan Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia de Aduana de Paita RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 015-2014/SUNAT Lima, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 127º de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la