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El Peruano Martes 21 de enero de 2014 514687 Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 25 al 29 de enero de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 24 de enero de 2014 y su retorno el 30 de enero de 2014. • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales y Coordinador Nacional de la CELAC; y, • Ministro Consejero Miguel Ángel Samanez Bendezú, Director de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089479: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Julio Hernán Garro Gálvez 1,180.00 430.00 5 2,150.00 Miguel Ángel Samanez Bendezú 1,180.00 430.00 5 2,150.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1040408-2 Aprueban Reglamento de la Comisión Multisectorial Permanente “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0037/RE-2014 Lima, 20 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2011-PCM, se crea la Comisión Multisectorial Permanente “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”, de naturaleza permanente y adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual tiene como objetivo coordinar, evaluar, proponer, priorizar y supervisar políticas y acciones vinculadas a la gestión integral migratoria; Que, el artículo 8º del D.S. Nº 67-2011-PCM, establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Resolución Ministerial, expedirá el Reglamento de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria; Que, de conformidad al literal l) del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 29357 –Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores-, aprobado por Decreto Supremo 135-2010-RE, se faculta al Ministro de Relaciones Exteriores a aprobar, mediante resolución ministerial, proyectos de normas relativas a su sector; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 67-2011-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de la Comisión Multisectorial Permanente “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”, que forma parte de la presente resolución y que consta de tres (03) Títulos, treinta y un (31) artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias Finales. Artículo 2°.- Disponer que el Reglamento a que se refi ere el artículo 1º, entre en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN MULTISECTORIAL PERMANENTE DENOMINADA “MESA DE TRABAJO INTERSECTORIAL PARA LA GESTIÓN MIGRATORIA” TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Del objeto El presente Reglamento regula el funcionamiento y la forma de organización de la Comisión Multisectorial Permanente denominada “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria” (en adelante “MTIGM”) creada mediante Decreto Supremo Nº 067-2011-PCM. Artículo 2°.- De la naturaleza jurídica La Comisión Multisectorial Permanente constituye un órgano adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, Dirección de Protección y Asistencia al Nacional - y tiene por objeto coordinar, evaluar, proponer, priorizar y supervisar políticas y acciones vinculadas a la gestión integral migratoria. Artículo 3º.- De la sede y plazo La MTIGM tiene su sede en la ciudad de Lima y su plazo de duración es indefi nido. Artículo 4°.- Del Ámbito de competencia El Decreto Supremo Nº 067-2011-PCM que crea la MTIGM y las disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno son aplicables a todos los integrantes de la MTIGM, en lo concerniente a los convenios, estatutos, planes y proyectos, aprobados por el Pleno de la MTIGM. Artículo 5º.- De las coordinaciones y convenios Para el cumplimiento de sus funciones, la MTIGM podrá realizar las coordinaciones que estime conveniente con otros sectores del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, y entidades privadas, así como con los organismos internacionales vinculados a la gestión migratoria. La MTIGM, también podrá celebrar acuerdos con entidades del sector público y/o privado a fi n de impulsar la realización de actividades, programas y eventos relativos a sus objetivos. TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN Artículo 6º.- Instancias de coordinación La MTIGM para el desarrollo de sus funciones contará con las siguientes instancias de coordinación: 6.1.- El Pleno de la MTIGM. 6.2.- La Presidencia. 6.3.- La Secretaría Técnica. 6.4.- Los Grupos de Trabajo. 6.5.- Los Subgrupos de Trabajo. 6.6.- El Pleno en sesión ampliada con las Comisiones Especiales de Apoyo.