Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2014 (24/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 24 de enero de 2014

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lectura y aprobacion del acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS de fecha 27.01.2012, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 004-2013-ACSS de fecha 30.01.2013, que establece el ingreso mensual que por todo concepto percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, para el presente Ejercicio Presupuestal 2014, el mismo que sera por la suma de S/. 9,100.00 (NUEVE MIL CIEN y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 01-2012-ACSS de fecha 27.01.2012, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 004-2013-ACSS de fecha 30.01.2013, que establece que el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, sera de un monto que no supera en total el 30% del ingreso mensual del senor MORDAZA, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2014. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1041151-1

Regionales y Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. Agregando que en ningun caso pueden superar el 30% de la remuneracion del Presidente Regional o MORDAZA correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, senala en su articulo 3º - Cuadro para la determinacion de los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales - 3.1) Los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parametros para la determinacion de sus ingresos, que como Anexo es parte integrante de la presente norma; 3.2) Los Concejos Municipales, para efecto de aplicar el Anexo senalado en el numeral precedente, deben tomar en cuenta los pasos siguientes: a) Determinar la proporcion de la poblacion electoral de su circunscripcion, de acuerdo a la informacion de poblacion electoral emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, la misma que esta publicada en la pagina web de dicha entidad (www.reniec.gob.pe), conforme a lo establecido en el articulo 4 literal e) de la Ley Nº 28212, b) Ubicar la proporcion de la poblacion electoral en la escala para determinar el monto del ingreso MORDAZA mensual que corresponda a dicha escala, c) Otorgar a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Departamento y de la Provincia Constitucional del Callao, a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Provincia, asi como a los Alcaldes de Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao, segun corresponda, una asignacion adicional conforme a los porcentajes y limites establecidos en el Anexo que forma parte de la presente MORDAZA, d) Verificar que en ningun caso la sumatoria de los montos determinados en los pasos senalados en los literales b) y c) precedentes, superen las 4 ¼ Unidades de Ingreso del Sector Publico, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 28212 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; ratificando en su Articulo 5º, que las Dietas que perciben los Regidores Municipales, no podran superar el 30% de los ingresos que por todo concepto percibe el Alcalde; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece sobre: "Ingresos del Personal ­ Prohibase en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estimulos, incentivos y beneficios de toda indole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobacion de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estimulos, retribuciones, dietas y beneficios de toda indole con las mismas caracteristicas senaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente MORDAZA y disposiciones legales vigentes. La prohibicion incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas"; Que, mediante Memorandum Nº 001-2014-GPPDIMSS del 03.01.2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional senala que, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2014, se ha considerado la remuneracion del senor MORDAZA vigente al 31.12.2013 y por ende, los mismos montos por concepto de dieta que percibe cada Regidor; Que, con Informe Nº 008-2014-GAJ-MSS del 03.01.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye opinando por considerar procedente la ratificacion de los montos fijados mediante Acuerdo de Concejo Nº 012012-ACSS del 27.01.2012, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 004-2013-ACSS del 30.01.2013, que fija la remuneracion del senor MORDAZA y la dieta de los senores Regidores, los mismos que regiran para el ejercicio 2014, en cumplimiento de lo establecido en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Decreto de Supremo Nº 025-2007-PCM; Estando a lo expuesto, y conforme al Dictamen Conjunto Nº 05-2014-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, y al Informe Nº 008-2014-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con los Articulos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Pleno de Concejo Municipal con dispensa del tramite de

Designan Regidores que conformaran la Comision contra la Corrupcion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para el ano 2014
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2014-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de enero de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, teniendo en consideracion la propuesta del senor MORDAZA para la conformacion de la Comision contra la Corrupcion para el presente ano, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el Decreto de Alcaldia Nº 12-99DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza Nº 301MSS y los Articulos 109º y 110º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Designar a los senores Regidores que conformaran la Comision contra la Corrupcion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para el Ano 2014, presidida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que estara integrada segun se senala a continuacion: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Massa GonzalezOlaechea 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA Nacion Bruiget Articulo Segundo.- La Gerencia de Participacion Vecinal, en un plazo no mayor a treinta (30) dias, remitira al Despacho de Alcaldia la nomina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del Distrito e informara los resultados de las acciones que realice para

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