Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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se encuentra dentro de las competencias de la Administracion al fijar el tope propuesto por el incremento de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) a fin de no perjudicar a los contribuyentes del distrito y de esta forma coadyuvar a promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y obtener una mayor recaudacion que permita financiar este servicio municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9° numerales 8, 9 y 40º de Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL TOPE DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS (LIMPIEZA PUBLICA) PARA EL EJERCICIO 2014 Articulo Primero.- FIJESE el tope del 20% para los predios destinados a actividades industriales, recreacionales, mercados y de 10% para los predios destinados a actividades comerciales, respecto de las tasas aplicadas por concepto de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el ejercicio 2012, en beneficio de los contribuyentes que registren un fuerte incremento en las tasas aprobadas mediante la Ordenanza Nº 289-MVES vigente para el ejercicio fiscal 2014 respecto a dicho arbitrio municipal. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE el descuento del 50 % del monto total que corresponda pagar por concepto de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) de acuerdo a la Ordenanza Nº 289-MVES vigente para el ejercicio 2014 para los predios destinados a actividades educacionales. Articulo Tercero.- APLIQUESE la presente Ordenanza para la determinacion de los arbitrios municipales autodeterminados y determinados por la administracion tributaria a traves de los procesos de fiscalizacion. Articulo Cuarto.- ESTABLEZCASE que el subsidio generado como consecuencia de la aplicacion de la presente ordenanza sera asumido integramente por la Municipalidad Articulo Quinto.- FACULTAR al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar las normas complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Oficina General de Administracion y la Unidad d Desarrollo, Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 1042172-1

El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

los arbitrios municipales 2014 por el pago adelantado del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, y; CONSIDERANDO Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los limites establecidos por Ley; Que, en ese sentido el Articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo senalado en las normas referidas precedentemente; asi como, en el Articulo 74º de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, conforme a lo previsto en el Numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna, corresponde al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de ordenanzas, las que tienen rango de Ley; Que, asimismo el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; asi mismo, el Art. 41º de la misma MORDAZA legal indica que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA mediante Ordenanza Nº 258-MVES modificada por Ordenanza 263MVES y la Ordenanza Municipal 259-MVES, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 264-MVES establecen el regimen de los Arbitrios Municipales por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos) y Parques y Jardines para el ejercicio 2013 en la Jurisdiccion de MORDAZA El Salvador; Que, con fecha 29 de diciembre de 2013 se publico en el diario El Peruano la Ordenanza Nº 289-MVES, que aprueba los Arbitrios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2014 para el distrito de MORDAZA El MORDAZA, la misma que dispone aplicar para el ejercicio 2014, lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 258-MVES, modificada por la Ordenanza Municipal Nº263-MVES para los Arbitrios de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) y Parques y Jardines; y, para la determinacion de las tasas de Arbitrios Municipales dispone reajustar los montos de las tasas aprobadas por las Ordenanzas Nº 258-MVES y Nº 263-MVES, mediante la aplicacion del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, acumulado al mes de agosto de 2013, ascendente a 2.76%, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº233-2013-INEI; Que, la Ordenanza Nº 289-MVES ha sido emitida considerando los lineamientos de caracter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaidas en los Expedientes Nº 0041-2004-AITC y 00053-2004-PI/TC, en las cuales se establecen los parametros de observancia obligatoria para la ratificacion

Establecen descuento por el pago adelantado del impuesto predial y los arbitrios municipales 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 293-MVES MORDAZA El MORDAZA, 17 de enero de 2014 POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, y; VISTO:El Dictamen Nº 001-2014-CRyF-MVES de la Comision de Rentas y Fiscalizacion de fecha 16.01.14, el Informe Nº 04-2014-GR/MVES de la Gerencia de Rentasde fecha 09.01.2014 y el Informe Nº21-2014SGAOT/GR/MVES de la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria de fecha 09.01.2014 que remite el "Proyecto de Ordenanza que establece el descuento sobre

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