Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

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establece, en la unica Disposicion Complementaria Transitoria, que las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin Licencia o que tengan conformidad de obra despues de MORDAZA de 1999 hasta el 27/09/08 podran ser regularizadas dentro del plazo que vencera el 31/12/2013; Que, existiendo la facultad Legal para regularizar las construcciones sin licencia y habiendose verificado que en el Distrito de La MORDAZA no se ha podido lograr que la totalidad de vecinos contribuyentes, que han construido sin licencia, se acogieran a los beneficios otorgados por la Ley y las ordenanzas promulgadas por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, situacion que atenta contra el derecho que tienen los contribuyentes a utilizar su propiedad formalizada en mejorar su economia, permitiendo, tambien, el sinceramiento del pago del Impuesto Predial y conseguir que en el Distrito de La MORDAZA no se continue construyendo informalmente, se hace necesario que se promulgue una MORDAZA que implemente la regularizacion de las edificaciones sin licencia; Que, una de las causas por las que los propietarios contribuyentes del Distrito de La MORDAZA no han regularizado su construccion, se refiere a que en las edificaciones existen transgresiones a la normativa urbanistica o de edificacion, situacion que es necesario regularizar. Que, mediante Oficio N° 268-2013-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion al Presidente de la Comision Ordinaria de Servicios Tecnicos para la emision del Dictamen respectivo; Que, mediante Dictamen la Comision Ordinaria de Servicios Tecnicos emite opinion de aprobar el Proyecto de Ordenanza de la modificacion de la Ordenanza que establece el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Edificacion en el Distrito de La Perla; estando con las opiniones favorables mediante el Informe N° 659-2013-SGOPC-GDU-MDLP de la Sub-Gerencia de Obras Privadas y Catastro, el Informe N° 275-2013-GDUMDLP, emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe N° 405 -2013-GAJ/MDLP, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe N° 0148-2013-GM-MDLP, emitido por la Gerencia Municipal; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el articulo 40º de la citada MORDAZA, y con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente; MODIFICACION DE LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE EDIFICACION EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Establecer un periodo extraordinario de regularizacion de edificaciones que hayan sido ejecutadas sin Licencia o que tengan conformidad de obra despues de MORDAZA de 1999 hasta la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Modificar en el extremo del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 011-2012-MDLP de fecha 27 de agosto del 2012, con el siguiente texto: La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de Agosto del 2014 . Articulo Tercero.- La Ordenanza Nº 011-2012-MDLP de fecha 27 de Agosto del 2012, se ratifica en todos sus extremos. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1041498-1

expresion de confianza y unidad civica de la comunidad Bellavistena ante el historico fallo. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano, asimismo a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica, su publicacion en el MORDAZA web institucional: www.munibellavista.gob.pe,y en el MORDAZA del estado peruano: www.peru.gob.pe; y a la Gerencia de Participacion Vecinal y Sub Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 1041912-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 011-2012MDLP que establecio beneficio de regularizacion de edificaciones sin licencia de edificacion en el distrito
ORDENANZA Nº 001-2014-MDLP La MORDAZA, 20 de Enero del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 20 de Enero del 2014; El Dictamen de la Comision Ordinaria de Servicios Tecnicos de aprobar la modificacion de la Ordenanza Nº 011-2012-MDLP que establece el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Edificacion en el Distrito de La Perla; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos de Gobierno Local. Tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia" Que, el numeral 8) del articulo 9° de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos Que, entre las funciones especificas de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, previstas en el Numeral 3.6 del Articulo 79 de la Ley Organica de Municipalidades, se encuentra la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, referida a la construccion y/o remodelacion de los inmuebles ubicados en su jurisdiccion; Que, con Decreto Supremo 035-2006-VIVIENDA se aprobo el TUO de la Ley 27157 denominada Ley de Regularizacion de Edificaciones del Procedimiento para la declaracion de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun; Que, con la Ley 29090 promulgada para regular las Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se derogo el Titulo II de la Ley 27157, estableciendose la posibilidad de regularizar las construcciones sin licencia de obra, hasta el 31/12/2008; plazo que fuera MORDAZA, a su vez, por 180 dias calendario, a traves de la Ley 29300 del 17/12/008; Que, con Ley 29476 promulgada el 18/12/09, se modifica y complementa la Ley 29090 y se dispone que los alcances de la posibilidad de regularizar las construcciones sin licencia de obra, se extienda hasta el 31/12/10; Que, con Ley 29898 promulgada el 11/07/12 se modifica algunos articulos de la Ley 29090 y se

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