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El Peruano Sábado 25 de enero de 2014 515357 “Instalación del Sistema Integral de Información Urbana del Distrito de Independencia-IV Etapa – Actualización Predial 2013, Memorando Nº 929-2013-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Informe Nº 175-2013-GR/ MDI de la Gerencia de Rentas, Memorando Nº 1239- 2013-GM/MDI de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y con los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico: otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas y estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifi can suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, correspondiéndote al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas las mismas que tienen rango de ley, conforme al Artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú Que, el TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, en su Norma IV Principio de Legalidad - Reserva de la Ley, así como el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisan esta facultad: además, el Artículo 41º del primer dispositivo mencionado, sobre Condonación, dispone que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Que el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Que, es política de la Gestión Municipal brindar a nuestros vecinos las máximas facilidades a los contribuyentes para la presentación de sus Declaraciones Juradas de Auto avalúo, al amparo del Título II, Capítulo I, Articulo 14 de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776 y modifi catorias cuyo Texto Único Ordenado aprobado con Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, por lo cual mediante Ordenanza Nº 282- 2013-MDI, se aprobó están exentos de pago de Multas Tributarias, siempre que se realicen al amparo del Proyecto denominado “Instalación del Sistema Integral de Información Urbana del Distrito de Independencia –IV Etapa Actualización Predial 2013”. Que con Ordenanza Nº 282-2013-MDI se aprobó el Carácter de Declaración Jurada de Autoevalúo de Actualización Predial al proyecto “Instalación del Sistema Integral de Información Urbana del Distrito de Independencia-IV Etapa – Actualización Predial 2013, la actualización de información tendrá carácter de Declaración Jurada exonerando del 100% de las Multas Tributarias siempre que cuente con la Visación del Técnico Catastral que visitará el predio del contribuyente quien deberá suscribir la Ficha Catastral levantada, cuyo formato fue aprobado por la misma Ordenanza, la misma Ordenanza determina como vigencia de la ordenanza hasta el 30 de Octubre del 2013, fecha en la que se culminaría el proyecto, facultándose al Sr. Alcalde a prolongar el Benefi cio por el mismo plazo que se prolongue la ejecución del Proyecto mediante Decreto de Alcaldía. Con Informe Nº 1502-2013- SGOPCUTV/GGU- MDI de la Subgerente de Obras Privadas que informa la Resolución de Gerencia Nº 170 -2013-GGU/MDI del 31 de Octubre del 2013 que aprueba la Modifi cación no sustancial del Proyecto “Instalación del Sistema Integral de Información Urbana en el distrito de Independencia, IV Etapa Actualización Predial, el cual fue viabilizado por la OPI según informa la Gerencia de Presupuesto mediante Memorándum Nº 523-2013-GPPR-MDI y Informe Nº 321- 2013-FYPF_OPI_GPPR/MDI, encargándole la Resolución Gerencial a la Subgerencia de Obras Privadas la ejecución del presente Proyecto estableciendo un plazo adicional de 7 meses, por lo que se hace necesario prorrogar los efectos de la Ordenanza Nº 282-2013-MDI por el mismo plazo. Que el Artículo Sétimo de la Ordenanza faculta a la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal a realizar en forma discrecional la competencia de Fiscalización, Determinación y su facultad sancionadora a aquellos predios cuyos propietarios no se hayan acogido al proyecto, esto es que no hayan querido suscribir la fi cha catastral o si se demuestran indicios razonables de subvaluación u omisión tributaria. El Artículo noveno Encarga a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Gestión Urbana, a la Subgerencia de Obras Privadas, Control urbano y Transporte Vial y a la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza. Que de acuerdo a lo informado el retraso en exceso en la ejecución del Proyecto por parte de la Unidad Ejecutora del proyecto denominado “Instalación del Sistema Integral de Información Urbana en el Distrito de Independencia, IV Etapa - Actualización Predial, genera la necesidad de implementar una Comisión definiéndole como función y responsabilidad que supervise, evalúe y monitoree la ejecución del Proyecto en los tiempos previstos, disponiendo los correctivos que se considere oportunos, dicha comisión deberá estar conformado por las unidades orgánicas que se definen como Unidad Ejecutora y las Áreas Usuarias del Proyecto definidas en el Artículo noveno de la Ordenanza Nº 282 - 2013 - MDI, a través de la norma reglamentaria que sancionen los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración de la ejecución del Proyecto Municipal. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto Bueno de Asesoría Legal y la Gerencia Municipal. DECRETA Artículo 1º.- PRÓRROGA DEL PLAZO: Prorróguese la vigencia de los Benefi cios y alcances de la Ordenanza Nº 282-2013-MDI hasta el 31 de Marzo del 2014. Artículo 2º.- ESTABLÉZCASE LA COMISIÓN SUPERVISORA DEL PROYECTO Denominado “Instalación Del Sistema Integral De Información Urbana En El Distrito De Independencia, IV Etapa - Actualización Predial: La Comisión será Presidida por el Gerente de Rentas, la Secretaria Técnica estará integrada por la Gerente de Gestión Urbana, la Unidad Ejecutora es la Subgerente de Obras Privadas Control Urbano y Transporte Vial, son miembros de la Comisión la Subgerente de Administración Tributaria, la Gerente de Fiscalización y Control Municipal y el Subgerente de Tecnología de la Información y la Comunicación. Artículo 3º.- ENCARGAR: A la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Rentas, Gerencia de Fiscalización y Control Municipal, a la Subgerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Transporte Vial, Subgerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, el cumplimiento de la presente y a la Secretaria General y a la Subgerencia de Imagen la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1041944-1