Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

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modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los limites establecidos por Ley; Que, en ese sentido el Articulo 60° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que conforme a lo senalado en las normas referidas precedentemente, asi como en el Articulo 74° de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, conforme a lo previsto en el Numeral 4) del Articulo 200° de nuestra Carta Magna, corresponde al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de ordenanzas, las que tienen rango de Ley; Que, asimismo el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Articulo 41 º del Decreto Supremo Nº 13313-EF y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administra; Que, con fecha 29 de diciembre de 2013 se publico en el diario El Peruano la Ordenanza Nº 289MVES, que aprueba los Arbitrios de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2014 para el distrito de MORDAZA El Salvador; Que, la Ordenanza Nº 289-MVES dispone aplicar para el ejercicio 2014, lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 258-MVES, modificada por la Ordenanza Municipal Nº 263-MVES para los Arbitrios de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) y Parques y Jardines; y, para la determinacion de las tasas de Arbitrios Municipales dispone reajustar los montos de las tasas aprobadas por las Ordenanzas Nº 258-MVES y Nº 263-MVES, mediante la aplicacion del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, acumulado al mes de agosto de 2013, ascendente a 2.76%, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 233-2013-INEI; Que, la Ordenanza Nº 289-MVES ha sido emitida considerando los lineamientos de caracter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaidas en los Expedientes Nº 0041-2004-AITC y 00053-2004-PI/TC, en las cuales se establecen los parametros de observancia obligatoria para la ratificacion de las ordenanzas distritales que aprueben regimenes de arbitrios municipales; Que, la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria, mediante el Informe N° 20-2014-SGAOT/GR/ MVES, remite el "Proyecto de Ordenanza que Establece el Tope en el Incremento de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el Ejercicio 2014", en el que se senala la necesidad de subvencionar parte de los costos de Arbitrios Municipales de limpieza publica de los predios que reflejan un incremento sustancial en el presente ejercicio, puesto que no corresponde a la capacidad contributiva de los contribuyentes; por lo que, propone que la distribucion del costo sea asumido progresivamente en cada ano por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que evite perjuicios economicos para los mismos, y por ende, afecte la recaudacion tributaria. En tal sentido, se propone fijar topes diferenciados de acuerdo al uso que sea destinado el predio, los cuales son del 20% para los predios destinados a actividades industriales y de 10% para los predios destinados a actividades comerciales, respecto de las tasas aplicadas por concepto de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el ejercicio 2012, esto debido al incremento de las tasas de dicho Arbitrio Municipal para el ejercicio 2014, aprobado mediante la Ordenanza Nº 289-MVES, para todos los predios que excedan el porcentaje de incremento mencionado; Que, en virtud de las normas legales glosadas y de las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que la presente Ordenanza

Auditorio Municipal ­ Av. MORDAZA MORDAZA Nº 200 - San Borja. Articulo Segundo.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA Electoral convocado, el cual sera publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San MORDAZA y en el MORDAZA Municipal, medios por los cuales, tambien, se publicaran todos los actos que resulten del MORDAZA electoral, de acuerdo a lo siguiente: CRONOGRAMA DEL MORDAZA ELECTORAL
ETAPAS DIFUSION DE LA CONVOCATORIA INSCRIPCION DE ORGANIZACIONES SOCIALES SUBSANACION DE INSCRIPCIONES EMISION DE RESOLUCION DE INSCRIPCIONES PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL EVALUACION DE TACHAS PRESENTADAS PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL ELECCIONES PUBLICACION DE RESULTADOS FINALES FECHA 27 ENERO AL 24 FEBRERO 28 ENERO AL 25 FEBRERO 29 ENERO AL 26 FEBRERO 28 DE FEBRERO 3 DE MARZO 11 AL 17 DE MARZO 19 DE MARZO 20 DE MARZO 23 DE MARZO 25 DE MARZO

MORDAZA DE TACHAS AL PADRON ELECTORAL 4 AL 10 MARZO

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participacion Vecinal y al Comite Electoral el cumplimiento del MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1042324-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Establecen el tope de los arbitrios municipales de recoleccion de residuos solidos (limpieza publica) para el ejercicio 2014
ORDENANZA MUNICIPAL N° 292-MVES MORDAZA El MORDAZA, 17 de enero de 2014 POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Dictamen N° 001-2014-CRyF-MVES de la Comision de Rentas y Fiscalizacion de fecha 16.01.14, el Informe N° 03-2014-GR/MVES de la Gerencia de Rentas de fecha 09.01.2014 y el Informe N° 20-2014-SGAOT/GR/ MVES de la Sub Gerencia de Administracion y Orientacion Tributaria de fecha 09.01.2014 que remite el "Proyecto de Ordenanza que establece el tope de las tasas de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el ejercicio 2014, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194° y 195° numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear,

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