Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2014 (25/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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El Peruano Sabado 25 de enero de 2014

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA
Declaran la reversion de Sub Lote (Urbano) a favor de la Municipalidad Provincial de Bagua
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2013-MPB Bagua, 23 de diciembre del 2013 POR CUANTO: El Acuerdo de Concejo Municipal, Sesion Ordinaria Nº 46, de fecha 23 de Diciembre del 2013; y, VISTO: El Memorandum Nº 558-2011-MPB-A, de fecha 11 de agosto del 2011 e Informe 179 -2013-UAJ-MPB/JCAC, de fecha 21 de MORDAZA del 2013 y, Memorandum Nº 669-2011MPB-A, de fecha 11 de octubre del 2011; informe Nº-2011MPB-PPM/J.A.G.C, de fecha 18 de MORDAZA del 2011; Informe Nº 98-2012-MPB-OAL-VDU, de fecha 23 de marzo del 2012; informe Nº 124-MPb-OAL-MJVV, de fecha 24 de MORDAZA del 2012; informe Nº 179-2013-MPB-JCAC, de fecha 22 de MORDAZA del 2013; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y su autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, de conformidad con lo que establece el articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" en concordancia con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidad Ley Nº 27942 precisa que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; El Acuerdo de Concejo Municipal, Sesion Ordinaria Nº46, de fecha 23 De Diciembre del 2013, el concejo municipal acordo por Unanimidad la Reversion DEL SUB LOTE (URBANO) Nº 2 A, UBICADO EN LA ESQUINA DE JR. COMERCIO Y JR. 28 DE MORDAZA, CUADRA 2 MANZANA 214, DE LA MORDAZA DE BAGUA, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA; Que, ante el glosado acuerdo se senala, que las Municipalidades tienen como finalidad representar a los poblaciones dentro de sus limites, promover una adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; es el organo de gobierno promotor del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; asimismo establece normas de acuerdo a la disponibilidad reglamentaria de la Constitucion Politica del Estado, cuyas funciones estan para poder desarrollar potencialidades a traves de las diferentes gerencias de trabajo y ser promotores del desarrollo de nuestra localidad en bien de la sociedad; asimismo uno de los objetivos previstos en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, es la de promover el desarrollo economico de su jurisdiccion, lograr el desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental; Que, para tal efecto mediante el memorandum del visto Nº 558-2011-MPB-A, de fecha 11 de agosto del 2011, el titular del pliego de la comuna de Bagua, ordena el cumplimiento al acuerdo en cesion Ordinaria

Nº 27-2011, la misma que por unanimidad acordo que el despacho de alcaldia analice la documentacion y realice los tramites legales agenciandose de todos los elementos de juicio como actas, acuerdo de concejo, resolucion y otros relacionados a la donacion(Resolucion de Alcaldia Nº 89-91-MPB, de fecha 04 de junio de 1,991), para que se inicie el MORDAZA de reversion del lote MORDAZA, ubicado en esquina de Jr. Comercio y Jr. 28 de MORDAZA, de la MORDAZA de Bagua; en igual tenor refiere el memorandum Nº 779-2011-MPB-A, de fecha 15 de noviembre del 2011y el memorandum Nº 6792011-MPB-A, de fecha 11 de octubre del 2011, este ultimo, precisa se de cumplimiento al acuerdo de Concejo Nº 35-2011, de fecha 06 de octubre del 2011, aprobando este, por unanimidad el tratamiento de la situacion del glosado lote urbano; Que, en cumplimiento a la disposicion explicada, la oficina de catastro de la comuna de Bagua mediante Informe 140-2011-MPB-UCPO, de fecha 17 de MORDAZA del ano 2011, informe Nº 155-2011-MPb-UCPO, de fecha 22 de MORDAZA del 2012 e Informe Nº 204-2011-MPB-UCPO, de fecha 08 de noviembre del 2012, concluyen en que el predio de propiedad de la Policia Nacional del Peru, se encuentra en abandono, por lo que amerita se inicie MORDAZA de reversion; del predio MORDAZA, sub Lote Nº 2 A en la esquina de Jr. Comercio y Jr. 28 de MORDAZA, cuadra 2 Manzana 214, de la MORDAZA de Bagua, con un area de 450.00m2 (cuatrocientos cincuenta metros cuadrados), para lo cual adjunta planos y memorias descriptivas, de dicho predio; Que, del mismo modo mediante el Informe Nº 982012-MPB-OAL-VDU, de fecha 23 de marzo del 2012; informe Nº 124-MPb-OAL-MJVV, de fecha 24 de MORDAZA del 2012, emitidos por la Oficina de Asesoria Legal de la comuna de Bagua, sintonizan en su OPINION, al evocar el Art. 68 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, respecto a la reversion del lote MORDAZA, ubicado en la esquina de Jr. Comercio y Jr. 28 de MORDAZA, de la MORDAZA de Bagua, recomendando se celebre acuerdo de concejo en la cual se determine y de forma especifica se proceda a la reversion del referido predio por necesidad e interes publico; Que, el Informe Nº 179-2013-MPB-JCAC, de fecha 22 de MORDAZA del 2013, la Unidad de Asesoria Legal de la comuna de Bagua, evocando el articulo Art. 68 de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el articulo Nº 922, 968, y 1631 del nuestro codigo Civil, concluye que el referido predio materia de reversion, fue donado a la Policia Nacional del Peru, y que no habiendo cumplido con el objeto de la donacion por mas 22 anos, y que se encuentra en abandono, por la cual es procedente su reversion. En similar criterio OPINA el procurador, de la Municipalidad provincial de Bagua, recomendando se celebre cesion de Concejo Municipal a fin de que se apruebe el MORDAZA de reversion, del referido predio; Que, la genisis del predio a revertir, deviene de la Escritura Publica Nº (-) de fecha 04 de Junio de 1991, la Municipalidad Provincial de Bagua representada por su MORDAZA de ese entonces don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA a la Policia Nacional del Peru, representada por el MORDAZA de ese entonces MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe Provincial de la Policia de Seguridad de Bagua, un lote MORDAZA con un Area superficial de 450.00 M2 (Cuatrocientos Cincuenta metros cuadrados), cuyas medidas y colindancias son : Por el Frente Principal: Con el MORDAZA Comercio con 15.70 Metros Cuadrados; Por el Frente MORDAZA o Derecha Entrando: Con MORDAZA 28 de MORDAZA con 26.50 Metros Cuadrados; Por el Lado MORDAZA Entrando: con propiedad del centro de Educacion Inicial Nº 201 con 27 Metros Cuadrados; y Por el Fondo o Respaldo: con propiedad Municipal con 18 Metros, ubicado en la esquina de los jirones 28 de MORDAZA cuadra cuatro y Jr. Comercio cuadra 02, de la MORDAZA de Bagua; la donacion obra inscrita en la Partida Nº 02012998, tomo 28 Fojas 189 del Registros de predios de propiedad inmueble de los Registros Publicos de Bagua; igualmente en el referido instrumento publico precisa que, el beneficiario de la Donacion (Donatario) se compromete en el Presente documento Publico a destinar dicho lote a la construccion de su sede institucional de la Policia en la MORDAZA de Bagua;

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