Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

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Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, el numeral 40.2 del articulo 40° del TUO de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, el TUO de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF y el Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado por Resolucion Ministerial N° 083-2013-EF/10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion en materia de contratacion publica bajo el ambito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento 1.1. Delegar en el Jefe de la Oficina de Administracion, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 1842008-EF y modificatorias: 1.1.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC), sus modificatorias, y evaluar su ejecucion. 1.1.2. Autorizar las contrataciones de los bienes, servicios y ejecucion de obras requeridos por la entidad, en lo relativo a la Ley. 1.1.3. Designar a los integrantes de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes. 1.1.4. Aprobar los expedientes de contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion de Adquisicion Directa, Licitacion y Concurso Publico, asi como aprobar las Bases de las mismas, conforme a Ley. 1.1.5. Aprobar las ampliaciones de plazo contractual de los contratos de bienes, servicios y ejecucion de obras suscritos con la Entidad, bajo el MORDAZA de la Ley, a excepcion de aquellos que provienen de procesos de seleccion de Adjudicacion de menor Cuantia y de exoneraciones de Adjudicacion de Menor Cuantia. 1.1.6. Aprobar la contratacion complementaria de bienes, servicios y ejecucion de obras, bajo el MORDAZA de la Ley, a excepcion de aquellos que provienen de procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y exoneraciones de Adjudicacion de Menor Cuantia. 1.1.7. Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de seleccion. 1.1.8. Aprobar el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de seleccion para la ejecucion de obras hasta el limite MORDAZA previsto por ley. 1.1.9. Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion de Adquisicion Directa, Licitacion y Concurso Publico. 1.1.10. Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales, con excepcion de aquellas que versen sobre prestaciones adicionales de obra, asi como las reducciones de bienes, servicios y ejecucion de obras, hasta por el monto MORDAZA permitido por la ley, a excepcion de aquellos que provienen de procesos de seleccion de Adjudicacion de menor Cuantia y de exoneraciones de Adjudicacion de Menor Cuantia. 1.1.11. Autorizar los procesos de estandarizacion. 1.1.12. Suscribir, modificar y resolver los contratos relativos a las contrataciones de bienes, servicios y ejecucion de obras, a excepcion de aquellos que provienen de procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, de exoneraciones de Adjudicacion de Menor Cuantia y de aquellos cuyos montos MORDAZA menores a tres (03) Unidades Impositivas Tributarias. 1.1.13. Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de seleccion a entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales u organismos

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Delegan funciones y atribuciones en materia de contratacion publica, talento humano, presupuesto y materia administrativa, en diversos funcionarios
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA N° 012-2014 MORDAZA, 30 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determino la naturaleza juridica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, como Organismo Publico Descentralizado adscrito al sector Economia y Finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2011PCM, se aprobo la actualizacion de la calificacion de PROINVERSION como Organismo Publico Ejecutor, dentro de la calificacion de Organismos Publicos a que se refiere el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, de acuerdo a lo dispuesto por el Titulo IV de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008EF, senalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efecto de tramitar los procesos de contratacion de bienes, servicios y obras, y conforme dispone el articulo 5° de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que le otorga la mencionada ley; Que, de otra parte, el articulo 57° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria N° 063-2007-CG y modificado por Resolucion de Contraloria N° 383-2013-CG, senala que la Entidad para el inicio de la auditoria, suscribira el contrato con la Sociedad designada; Que, el numeral 62.1 del articulo 62° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General senala que cuando una MORDAZA atribuya a una entidad alguna competencia o facultad sin especificar que organo a su interior debe ejercerla, debe entenderse que corresponde al organo de inferior jerarquia de funcion mas similar vinculada a MORDAZA en razon de la materia y de territorio, y, en caso de existir varios organos posibles, al superior jerarquico comun; Que, en el articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado por Resolucion Ministerial N° 083-2013-EF/10, se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y de pliego presupuestal de PROINVERSION; Que, el articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado por Resolucion Ministerial N° 083-2013-EF/10, en su literal l) establece la facultad del Director Ejecutivo para designar a servidores publicos que ocupen direcciones y jefaturas, autorizar la contratacion del personal; asi como asignar funciones y competencias; Que, el Texto unico Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, que establece los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en el numeral 7.1 de su articulo 7° establece que el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes del

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