Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, indica que el registro de la informacion relacionada con la captacion, recaudacion u obtencion de los fondos que, por todo concepto administren las Unidades Ejecutoras del presupuesto del Sector Publico debera ser efectuado en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP), en los plazos y condiciones que seran establecidos por la Direccion General de Tesoro Publico. Dicha dependencia dictara la normatividad aplicable dentro de los treinta (30) dias calendario posteriores a la publicacion del presente dispositivo. En los casos que resulte aplicable, se registrara de manera desagregada el precio o valor global y el monto del impuesto correspondiente; Que, asimismo, el articulo 6 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, senala que dentro de los treinta (30) dias calendario posteriores a la publicacion del presente dispositivo, las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico que administran "Recursos Publicos" y mantengan depositos o colocaciones en Instituciones del Sistema Bancario y Financiero, deberan instruir a dichas instituciones en su condicion de titulares de tales cuentas y/o depositos, con el objeto de permitir a la Direccion General de Tesoro Publico el acceso periodico a la informacion referida al estado de sus cuentas y depositos en dichas instituciones bancarias; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo N° 0882001-PCM, senala que el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera: la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentajes de la UIT y su forma de pago; Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 048-13IPEN/PRES, se modifico la Resolucion de Presidencia Nº 152-10-IPEN/PRES, referente a la aprobacion de los precios de venta en el Centro Nuclear RACSO del IPEN para el MORDAZA nacional e internacional de los Radioisotopos/ Radiofarmacos denominados: Ioduro de Sodio I-131, Pertecnetato de Sodio Tc 99m, y Dolosam (Sm 153 Lexidronam); Que, con Memorandum Nº 023-14-PLPR, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 00114-PLPR/PLAN de la Unidad de Planeamiento, el cual concluye en el punto 3, que el analisis de la reconversion de Terminos Porcentuales de los Precios de la PPRR, se ha enmarcado dentro del articulo 4 "Reajuste del

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

termino porcentual relacionado con la UIT" del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, senala entre otros puntos, que las entidades a traves del funcionario responsable de ingresar y publicar la informacion del MORDAZA en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, senalado en el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 293-2006-PCM, y el funcionario encargado en cada entidad de ingresar y publicar la informacion en el MORDAZA Web Institucional, deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con los articulos 9 y 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Peruano de Energia Nuclear, aprobado por Decreto Supremo Nº 0622005-EM; Con los vistos de la Secretaria General, y de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar a partir de la fecha de la presente Resolucion, los precios de venta para el MORDAZA nacional e internacional de los Radioisotopos/ Radiofarmacos, aprobados mediante Resolucion de Presidencia Nº 152-10-IPEN/PRES, modificado por Resolucion de Presidencia Nº 048-13-IPEN/PRES, denominados: Ioduro de Sodio I-131 Pertecnetato de Sodio Tc 99m Dolosam (Sm 153 Lexidronam) Los mismos que estan expresados en % de acuerdo a la UIT vigente y se pagaran en Nuevos Soles o en Dolares Americanos para el caso de Exportacion y con el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de la transaccion segun lo indique la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS), la medida de MORDAZA de los Radioisotopos/Radiofarmacos sera el mCi y/o su equivalente en MBq; asimismo, los pedidos fuera del Departamento de MORDAZA tendran un incremento en el precio del 10% por el decaimiento de la actividad solicitada desde su calibracion en la Planta de Produccion hasta que llegue a la MORDAZA de destino. En la siguiente tabla se muestran los precios para los Radioisotopos/ Radiofarmacos indicados:

TABLA DE PRECIOS PARA LOS RADIOISOTOPOS/ RADIOFARMACOS
Nombre del Producto Milicuries MORDAZA y Callao Precio Final IGV Precio % UIT Precio S/. S/. 1.23 8.1 0.21320% 7.55 0.28 1.58 1.81 10.36 0.04760% 0.27260% 1.7 9.66 Provincias (Recarga 10%) Precio Final Precio % IGV S/. UIT 1.36 8.91 0.23447% 0.3 1.73 2 11.39 0.05263% 0.29974%

Unidad de medida IODURO DE SODIO I-131 mCi PERTECNETATO DE mCi SODIO Tc99m DOLOSAM (Sm 153 mCi Lexidronam)

Precio S/. 6.87 1.55 8.78

MBequerelios MORDAZA y Callao Unidad de medida IODURO DE SODIO I-131 MBq PERTECNETATO DE MBq SODIO Tc 99m DOLOSAM (Sm 153 MBq Lexidronam) Nombre del Producto Precio S/. 0.186 0.042 0.237 IGV 0.033 0.008 0.043 Precio Final Precio % UIT Precio S/. S/. 0.219 0.00580% 0.241 0.05 0.28 0.00130% 0.00740% 0.055 0.308 Provincias (Recarga 10%) Precio Final IGV Precio % UIT S/. 0.043 0.284 0.00747% 0.01 0.055 0.065 0.363 0.00171% 0.00955%

Asimismo, el precio para las ventas al exterior del MORDAZA (exportacion) tendra un incremento del 30% del precio fijado para el Departamento de MORDAZA por el decaimiento de la actividad solicitada desde su calibracion en la Planta de Produccion hasta que llegue al MORDAZA de destino. Articulo Segundo.- Quedan vigentes en lo que no se opongan a la presente Resolucion, las Resoluciones de Presidencia Nº 243-02-IPEN/PRES, Nº 152-10-IPEN/ PRES y Nº 048-13-IPEN/PRES. Articulo Tercero.- Encarguese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Direccion de Produccion de mantener actualizada semestralmente

la estructura de costos y la vigencia de precios bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Publicar la presente Resolucion en la pagina web institucional y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PETRICK CASAGRANDE Presidente 1044853-1

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